Víctimas de la ley

Vie, 20/01/2012 - 00:02
Como gran parte de las cosas de este país, aparentemente el título de mi escrito de hoy está al revés. Si fuéramos consecuentes y con base en mi lucha por los Dere

Como gran parte de las cosas de este país, aparentemente el título de mi escrito de hoy está al revés. Si fuéramos consecuentes y con base en mi lucha por los Derechos Humanos en Colombia y la observancia de la normatividad del Derecho Internacional Humanitario de manera local, el rótulo de esta columna debería ser La Ley de Víctimas y no como bien se lee. Pienso que esta al revés, pero al mismo momento, este titular lo que está es ajustado a la realidad de la ley 1448 de 2011, porque para nadie es un secreto ni para los mamertos, que esa norma es un completo revés del Gobierno y el Poder Legislativo, que además se apalanca en los conceptos de la Procuraduría General de la Nación, adverso a las víctimas. En esta paradoja antijurídica cobran importante participación la Corte Constitucional y la Defensoría del Pueblo, todos ellos en un solo y fortalecido equipo, en una pétrea e inflexible lucha, sin precedentes, contra los derechos de los reclamantes.

Se hace evidente que para el Estado, los más de 60 años de sangre que ha vivido este país no han sido suficientes para que al menos en un ejercicio dignificante a través de una ley, haga el intento de proporcionar una reparación y un resarcimiento verdaderamente integral y restaurativo de las garantías básicas de sus asociados. Parece pues, que para el aparato y la maquinaria aceitada de la Cosa Pública aun a las víctimas les falta más dolorcito y requieren una dosis más de sufrimiento; sufrimiento ahora infligido por la criticada política de víctimas, corolario de la revictimización que hoy señalo.

Hace un par de semanas escribí una columna sobre el incomprensible pronunciamiento del Procurador General Ordóñez, que se puede ver en este enlace http://www.kienyke.com/2012/01/07/la-camandula-antihumanitaria-y-antijuridica/ acerca de su postura frente a la Ley de Víctimas. Esto sucedió luego de correrle el traslado por parte de la Corte Constitucional, de algunas de las demandas que hoy cursan en esta corporación, por considerar a la norma violatoria de ciertas disposiciones fundamentales de la Carta y de los Derechos Humanos. El concepto es revictimizante. No obstante, hace pocos días con ocasión de la expedición de los formularios del Registro Único de Víctimas el Jefe del Ministerio Público se dirigió expresando que no está de acuerdo con la extensión y complejidad del recetario con un rosario de preguntas inocuas y sin sentido. ¿O será que preguntarle a un reclamante si votó o no en las elecciones pasadas, lo hace más o menos víctima? El Dr. Alejandro hizo un llamado al Gobierno para que realice unos ajustes al procedimiento del registro de las víctimas e indicó que el formulario no fue consultado con el Ministerio Público durante su elaboración. Adicionalmente, señaló que presenta inconsistencias que constituyen un cuello de botella para el registro de las víctimas si no se toman los correctivos apropiados, pues para terminar contiene definiciones de orden jurídico que no son precisas. Pero me pregunto, ¿quién entiende este revés maldito? ¿Cómo sale a favorecer a la norma propiamente y posteriormente a criticar los formularios?. Era obvio que los documentos desprendidos del texto ilegal y sus arandelas tenían que ser adversos. El diligenciamiento del formulario conlleva mínimo dos horas. Imaginemos las filas y el colapso. Además se hace necesario que la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas y la Agencia Nacional de Protección cuenten con el personal suficiente para cumplir su gestión, la cual reviste vital importancia ante las amenazas, hostigamientos, e incluso, asesinatos a víctimas y líderes de organizaciones de víctimas que se vienen presentando. Sin duda alguna, de la protección que se brinde a las víctimas y sus representantes, dependerá el éxito o fracaso de la ley, que antes de su gestación y concepción ya agonizaba social, jurídica y políticamente.

Imposible dejar de lado la necesidad de reglamentar lo concerniente a la manera como se debe elegir los representantes de las organizaciones de víctimas para que consecuentemente se instale la Comisión de Seguimiento y Monitoreo a la implementación de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, entidad que deberá rendir un informe al Congreso de la República dentro del mes siguiente al inicio de cada legislatura. Esta parte me fascina, porque supongo que las organizaciones de víctimas van a ser elegidas a dedo según los intereses corruptos y políticos para que no vayan a entorpecer la intención del lucro y no pago de las reparaciones y la no entrega de las tierras. Muchas organizaciones quedamos marginadas de esta norma de quinta categoría, que ahora se pretende apañar como también lo expresé en otra columna, remendándola como lo que es: una colcha de retazos.

La mera ley tiene 208 artículos. Entre sus documentos derivados están la más de media docena de decretos reglamentarios eternos y densos y otra perla preciosa y deseada por cualquier crítico y buscador de la verdad y los derechos de las víctimas: el Documento CONPES 3712.

Agradezco inmensamente al Consejo Nacional de Política Económica y Social por brindarme este exquisito platillo que establece los lineamientos del Plan Nacional de Financiación y sostenibilidad de la ley 1448 de 2011 sobre la base de la Prosperidad para todos. Claro para todos menos para las víctimas. Este texto Conpes refuerza todas las manifestaciones y expresiones adversas que hemos soportado durante el nacimiento, crecimiento, implementación y aplicación de la censurada, reprobada y vituperada ley 1448 de 2011. Da un puntillazo final recortando con estadísticas de fuentes diversas las reparaciones a las víctimas, es decir, prácticamente es modificatorio del contenido del texto normativo. Reduce el número de víctimas y por ende los valores y emolumentos que el gobierno nacional debería pagar por los daños causados por la violencia colombiana, proveniente de unos ejercicios actuariales y cálculos matemáticos sacados del sombrero del chamán Sacerdote Radiestesista, que por estos días es tan sonado y pago con el dinerito público y que debería contratar una vez más el Gobierno para que nos vaticine hasta cuándo debemos soportar la revictimización y si las cuentas alegres que hace el Conpes es obra de algún otro hechicero, santero, narcoterrorista, guerrillero, mamo, santero, brujo o gurú del Partido Comunista, la Juco o cualquier otra organización terrorista de esta calaña. Ahora sí, esto es como de no te lo puedo creer jefe.

Víctimas de la ley o la ley de víctimas. Como lo quieran llamar esta al revés y va en contra de sus destinatarios y no beneficiarios, como también mal llaman a las víctimas. Aunque pensándolo bien, puede ser más un seguro que una ley, porque esta concebida y diseñada para no pagar a sus beneficiarios. Abrazo cálido. Seguimos trabajando #nomasmentiras

@colconmemoria presidencia@colombiaconmemoria.org 
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