Como una ‘mega reforma’ fue denominada la propuesta realizada por Fedesarrollo al Gobierno Nacional, la cual tendría como finalidad atender las necesidades de las pequeñas y medianas empresas que se vieron afectadas en tiempos de pandemia, así mismo, beneficiaría económicamente a los adultos mayores de 65 años en el país.
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Recientemente habló Luis Fernando Mejía, director ejecutivo de Fedesarrollo, sobre esta propuesta, rechazando contundentemente el actual sistema de pensiones que se ejecuta en el país. El fulo de dinero que sería entregado con la ampliación del programa Colombia Mayor vendría de las ganancias en los impuestos de los ciudadanos.
A la denominada ‘pensión universal’ de 412.000, se suma la creación de una renta mínima de 35.000 para los adultos mayores que se encuentran en hogares ubicados en bajos estratos sociales, así mismo, proponen crear otros beneficios económicos para las personas menos favorecidas de Colombia.
Mejía resaltó, “más de 4 millones de personas saldrían de la pobreza con estas medidas y se generaría un aumento del ingreso disponible para el 80% de la población con efectos importantes para las mujeres, los adultos mayores y los desempleados”.
Es importante recordar que desde La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) se anunció cambios en el listado de actividades económicas de la entidad, la cual es primordial al momento de presentar la declaración de renta, según la resolución 000114 del 21 de diciembre de 2020, las personas que se encuentren pensionadas deberán usar el código 0020.
No caiga en errores, la actividad económica que presentaban las personas pensionadas era el número 0010 ahora, será el código 0020, según informó la entidad deberá ser actualizada antes del 31 de enero de 2021.
Más de 600.000 colombianos se verán obligados a actualizar sus datos personales en la plataforma de la entidad, así mismo, la solicitud de este cogido se puede realizar por medio de la página www.dian.gov.co, así mismo de manera digital podrán atender a la solicitud, así fue confirmado por allegados a la entidad.
Según informó Lisandro Junco, Director de Ingreso de la Dian, a revista Semana el corto plazo para la actualización de estos datos se debe a que “la resolución fue expedida en diciembre y la ley da un lapso de un mes para aplicarse. Recordemos que nuestros impuestos son anuales. En el caso de la declaración de renta, se presenta en agosto. Antes de esa fecha, los contribuyentes pueden actualizar el RUT.”
“En el caso de los pensionados, un punto importante es que la Dian tiene la información de muchos, por lo tanto, vamos a hacerles en la entidad la actualización de oficio” precisó Junco.
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En la misma entrevista el Director de Ingresos resaltó, “la razón de este nuevo código es que, cuando la persona va a hacer la declaración de renta, como todos los colombianos que realizan el trámite a título de persona natural (en agosto) encuentra 3 tipos de cédula en el formulario. Una de ellas es la de pensionado, según se estableció en la última reforma al Estatuto Tributario”.