Empresas de transporte de carga podrán realizar trasteos en la cuarentena bajo estos requisitos

Publicado por: german.alarcon el Lun, 11/05/2020 - 13:56
El transporte de carga que presta el servicio de mudanzas podrá realizar su labor de acuerdo al decreto 636 de 2020 y bajo unos lineamientos.

Las empresas de transporte de carga y demás compañías relacionadas con la prestación del servicio de trasteos cuentan con la aprobación del Gobierno Nacional para desarrollar su ejercicio en todo el territorio nacional siempre y cuando obedezcan a un lineamiento estricto que tiene como prioridad la salud y bienestar de las personas. 

De acuerdo a lo establecido en el artículo 6 del Decreto 636 de 2020, los trabajadores deben seguir los protocolos de bioseguridad que se realizan en los sectores de manufactura y construcción como lo son el lavado de manos, uso de elementos básicos como guantes y tapabocas y el distaciamiento social dentro y fuera del vehículo. 

 

 

No obstante, el Ministerio de Transporte y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio implantaron unos requisitos para que este ejercicio no tenga afectaciones de contagios más adelante. 

El primer punto está dirigido a quienes tengan planeado trastearse o mudarse de un punto a otro durante la cuarentena, que irá hasta el lunes 25 de mayo. "Los interesados podrán realizar mudanzas a través de empresas legalmente habilitadas para prestar el servicio de transporte carga", señaló MinTransporte.

Segundo, los transportes de carga, almacenamiento y logística deben acatar los protocolos de bioseguridad debido a que las autoridades territoriales estarán verificando ese comportamiento en diferentes puntos del trayecto. 

De igual forma, quienes lleven a cabo esta labor "deberán atender las instrucciones que hayan adoptado o expidan las entidades del orden nacional y la autoridad territorial de la jurisdicción que corresponda para evitar la propagación del coronavirus", manifestó.

Cabe resaltar que la Superintendencia de Transporte estará a cargo de la vigilancia y control de la prestación de este servicio en el territorio nacional. 

Por último, antes de realizar el viaje o el trayecto establecido, los conductores deberán planificar e "identificar los lugares en los cuales se pueden realizar paradas para surtir combustible, descansar, hacer uso de los baños y pernoctar si es el caso".