En sesión del Concejo de Medellín del día viernes 26 de abril de 2013, se estaba tratando el tema del motociclismo en nuestra ciudad y la efectividad de la restricción al parrillero hombre. Un reconocido Concejal lanzó la propuesta de establecer pico y placa para las motocicletas. Actualmente, existe el pico y placa para las motos de dos tiempos por lo cual se deduce que la propuesta sería más bien la ampliación del pico y placa vigente para las motocicletas de cuatro tiempos.
El pico y placa para los carros ha propiciado un fenómeno acumulativo: las personas más pudientes compran dos vehículos para evadir la restricción en horas pico.
Ahora bien, si a pesar del alto costo de los carros hay muchas familias con más de un carro, ¿qué pasaría si se pone pico y placa a las más de 500.000 motos de Medellín? Una persona con un coeficiente intelectual promedio que tenga en cuenta lo anterior puede llegar a la conclusión que, obviamente, eso incrementaría exponencialmente la compra de motocicletas pues hoy en día se consiguen algunas nuevas desde 2,5 millones de pesos con papeles al día y ni que decir de las de segunda mano.
Entonces, si algunos concejales creen que con el pico y placa se reduciría el número de motos circulando a ciertas horas, se darían cuenta que en realidad:
1) Aumentaría la venta de motocicletas
2) Seguirían circulando la misma cantidad o más de motocicletas
Eso, sin contar el hecho de que en las empresas de mensajería, restaurantes, supermercados y empresas en generales necesario tener empleados de tiempo completo con motocicleta. Dicha medida causaría más estragos económicos de los que ya ha causado la restricción al parrillero hombre, que en Medellín en 2006, 2009 y 2013 no redujo la delincuencia, pero en cambio si sirve para desangrar la economía local pues, muchas veces, es más perjudicial (económicamente hablando) el daño causado por esta clase de restricciones que los que causa la delincuencia en sí.
En mi caso por ejemplo, me he visto afectado económicamente por la restricción al parrillero hombre y otras restricciones que se han impuesto contra nuestro gremio. Con el pico y placa para motos, la cura sería peor que la enfermedad aunque, claro, no quiero decir con esto que el motociclismo sea una enfermedad. El motociclismo debe ser visto más bien como la solución y no como el problema de la movilidad. ¿Ustedes se imaginan que pasaría con la movilidad en nuestra ciudad si todos los que tienen motocicleta la cambiaran por un carro? Juzguen ustedes mismos.
Ahora, entremos a analizar en profundidad las implicaciones de la anterior propuesta y su justificación tanto lógica como práctica.
Puedo inferir que la propuesta de dicho concejal de imponer pico y placa para todos los tipos de motocicletas tenía el fin de, aunque no lo hizo manifiesto el día del debate el 26 de abril de 2013 en el recinto del concejo, reducir el número de motocicletas circulando en las calles de Medellín y de esta manera disminuir la accidentalidad, la percepción de congestión y la guerra por el espacio entre motos y carros.
Ahora bien, si la intención o la meta es reducir el número de motocicletas circulando ¿qué importa el medio que se utilice siempre y cuando se logre dicho propósito? El medio menos idóneo para el fin propuesto es el pico y placa. En cambio, el más apto, es la vigilancia estricta de las escuelas de conducción para que se adecuen a la regulación vigente en cuanto a la expedición de licencia.
En el gremio motociclista se ha creído erróneamente que falta una legislación más fuerte que regule a las escuelas de conducción. Tal vez eso era cierto hace unos cuatro años pero, a partir de la ley 1397 de 2010, se establecieron unos requisitos estrictos tanto para el funcionamiento de dichos centros de enseñanza automovilística como para la adquisición de una licencia. Según esta ley, para poder adquirir una licencia de conducción es necesario:
1. Saber leer y escribir.
2. Tener dieciséis (16) años cumplidos.
3. Presentar un certificado de aptitud en conducción otorgado por un Centro de Enseñanza Automovilística inscrito ante el RUNT.
4. Aprobar un examen teórico de conducción y un examen práctico de conducción para vehículos particulares que realizarán los organismos descritos en el parágrafo del artículo 20 de la presente ley, que cumplan la reglamentación que expida el Ministerio de Trasporte.
5. Presentar Certificado de aptitud física, mental y de coordinación motriz para conducir expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores habilitado por el Ministerio de Transporte, de conformidad con la reglamentación que expida el Ministerio de Transporte y debidamente acreditado como organismo de certificación de personas en el área de conductores de vehículos automotores.
Sería interesante hacer un sondeo para mirar que porcentaje de los motociclistas de la ciudad cumplieron a cabalidad con dichos requisitos el día que fueron a sacar su licencia y, si en la escuela de conducción donde se las tramitaron, se los exigieron.
Según un artículo del Diario PORTAFOLIO del 05 de Diciembre de 2.011, el 60% de las escuelas de conducción en Bogotá no cumplen con la ley 1397 de 2010 en cuanto a los requisitos necesarios para funcionar. Cabe suponer que, en Medellín, se presente una situación igual o peor.
En cuanto a las sanciones para los centros de enseñanza que no cumplen con las normas tenemos:
1. Multa.
2. Suspensión de la habilitación de los centros de enseñanza.
3. Suspensión de la licencia de los instructores en conducción.
4. Cancelación de la habilitación de los centros de enseñanza.
5. Cancelación de la licencia de los instructores en conducción.
En este punto cabría preguntarse ¿cuántas escuelas de conducción en Medellín han sido sancionadas por no cumplir la normatividad vigente y no exigir los requisitos mínimos de ley para otorgar una licencia?
Esto me hace recordar como en 2008 unos amigos del ya desaparecido Motoclubes de Antioquia lograron sacarle un “pase” a una persona invidente. Obviamente, solo lo hicieron para probar la falta de control y verificación de este tipo de trámites tanto por parte del gobierno nacional como de las mismas escuelas de conducción.
Pero, si hay leyes adecuadas y se conoce el problema ¿por qué las escuelas de conducción siguen otorgando licencias “a diestra y siniestra” sin ni siquiera verificar las condiciones físicas y mentales de las personas? (no voy a entrar aquí a comparar nuestro sistema con, por ejemplo, el español el cual es bastante estricto en este sentido). Me atreveré a dar una respuesta. Considero que el problema radica en que el Ministerio de Trasporte a través de la Superintendencia de Puertos y Transporte no está cumpliendo bien con su labor reguladora por lo cual se debería crear un organismo especial dentro de dicha entidad que se encargue única y exclusivamente de vigilar las escuelas de conducción en todo el país. Su función sería, básicamente, la de recibir denuncias, hacer auditorias y aplicar sanciones respecto a las escuelas de conducción. Este organismo debería, además, estar integrado por representantes de todos los gremios del transporte y los particulares (clubes de motociclistas, agremiaciones de taxistas, representantes de los vehículos particulares, etc.). Solo falta voluntad política para llevar este proyecto a un feliz término.
FUENTES:
http://www.semana.com/nacion/articulo/pico-placa-camionetas-duplicaron-ultimo-ano-bogota/234924-3
http://www.portafolio.co/economia/60-escuelas-conduccion-bogota-no-cumplen-normas
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/2010/ley_1397_2010.html
http://www.carroya.com/contenido/clasificar/lan_res_veh/Nue_mot/mayo22de2010/ARTICULO-WEB-PTL_NOTA-7744529.html
¿Vale la pena cambiar el carro por una moto?
Vie, 26/07/2013 - 01:06
En sesión del Concejo de Medellín del día viernes 26 de abril de 2013, se estaba tratando el tema del motociclismo en nuestra ciudad y la efectividad de la restricción al parrillero hombre. Un rec