Detector de mentiras, “invento para imbéciles”

Vie, 30/06/2017 - 03:53
El fiscal anticorrupción Luis Gustavo Moreno pasó la prueba del polígrafo. Es decir, engañó al aparato, al instrumento y a quienes lo procesaron. A la Fiscalía Ge
El fiscal anticorrupción Luis Gustavo Moreno pasó la prueba del polígrafo. Es decir, engañó al aparato, al instrumento y a quienes lo procesaron. A la Fiscalía General y a todo el país. Moreno encarna hoy al funcionario bribón, al joven inteligente para corromper, que llegó a dirigir  –un contrasentido- la persecución contra la delincuencia con dineros del Estado. Surgen, entonces, dos preguntas: ¿Es confiable el polígrafo, conocido como detector de mentiras? En este caso quedó demostrado que no tanto, no siempre. Y la segunda: ¿Puede el Estado valerse de cualquier medio para indagar si una persona que le presta sus servicios ha incurrido en conductas delictivas? ¿Es lícito que las autoridades obtengan informaciones con la ayuda de aparatos diseñados para medir la reacción emocional de un individuo ante cierta pregunta? Responde Mario Madrid Malo, abogado, docente universitario, “profesor distinguido”, según la Escuela Superior de Administración Pública: -En la Fiscalía General de la Nación y en otras entidades oficiales los servidores públicos del Estado colombiano son sometidos  al detector de mentiras (lie detector)  artefacto de origen yanqui que teóricamente se utiliza para establecer, después de un interrogatorio, si la persona indagada cometió hechos punibles. Según la descripción de los expertos en el asunto, el detector de mentiras es “un aparato dotado de registros que miden la respiración, la presión sanguínea y la actividad de las glándulas sudoríparas del sujeto al cual se practica el examen”. Con ayuda de esos registros —afirman los promotores de su empleo— es posible descubrir el cambio emocional que experimenta todo el que falta conscientemente a la verdad. El uso coercitivo de tal aparato —llamado “polígrafo” por algunos destructores de la lengua española— resulta violatorio de las normas internacionales y constitucionales que reconocen y garantizan el derecho a la intimidad, el derecho a no ser obligado a declarar contra sí mismo y el derecho a la presunción de inocencia. El empleo del detector de mentiras es incompatible con los artículos 15 y 29 de la Constitución, con los artículos 14 y 17 del Pacto internacional de derechos civiles y políticos, y con los artículos 8º y 11 de la Convención Americana sobre derechos humanos. Invento para consumo de imbéciles Sostener que el detector de mentiras —un aparato inconstitucional—  permite averiguar si una respuesta ha sido veraz o mentirosa es, a juicio de muchos psicólogos y juristas, una afirmación por completo anticientífica. El “polígrafo”—descalificado recientemente por la Academia Nacional de Ciencias de los Estados Unidos de América— debe figurar en el catálogo de los inventos para el consumo de imbéciles, junto con la cámara Kirlian de captación del aura, el dictáfono de los espíritus y otros artilugios vinculados a la charlatanería. Los embusteros crónicos La experiencia demuestra que mientras algunas personas asustadas, temerosas o hipertensas no logran superar satisfactoriamente la prueba del detector de mentiras, muchos  embusteros crónicos pasan por ella sin ser delatados. Los técnicos de la CIA que periódicamente examinaban con el lie detector a Aldrich Hazen Ames —espía contratado por los rusos entre 1985 y 1991— jamás lograron descubrir con ese método su infame actividad.   Indagar con ayuda del detector de mentiras es tan inmoral y antijurídico como hacerlo acudiendo al narcointerrogatorio (la administración del “suero de la verdad” con el propósito de sumir al declarante en un estado psicofísico durante el cual pierde el control de sus facultades intelectuales y volitivas).  Esas dos prácticas  no tienen cabida en una sociedad democrática, porque ambas hacen parte de una retorcida técnica del conocimiento de la culpabilidad. Alguno dirá que la utilización del detector de mentiras, aunque no esté prevista en la ley, es legítima cuando los individuos sometidos a esa máquina peligrosa han accedido voluntariamente al procedimiento.  Conviene recordar que en el Estado de derecho los servidores públicos sólo pueden hacer aquello para lo cual han sido  facultados de modo expreso por la normativa jurídica. Los funcionarios colombianos que se valen del “polígrafo” están obrando sin atribución previa de competencia. De otra parte, mal puede tenerse por válido el consentimiento de quien admite ser interrogado con el detector de mentiras tras saber —por boca de sus jefes— que el rechazo de aquél le traerá consecuencias negativas (vgr. el despido o la pérdida de una oportunidad de ascenso). Muchos de los que en las instituciones del Estado aceptan los interrogatorios con “polígrafo” actúan bajo una indebida presión moral de sus superiores. Hay que oponerse con firmeza a la utilización del “polígrafo”.    
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