Las empanadas y el Derecho

Jue, 07/03/2019 - 11:23
Hace unas semanas los medios de comunicación anunciaron, con justificada perplejidad, una noticia realmente extravagante: la imposición de una multa de $800.000 a un ciudadano por haber comprado una
Hace unas semanas los medios de comunicación anunciaron, con justificada perplejidad, una noticia realmente extravagante: la imposición de una multa de $800.000 a un ciudadano por haber comprado una empanada. La noticia, como es de esperarse, suscitó toda clase de burlas, reproches por lo desproporcionado de la sanción, por lo absurdo de la medida. Pero también suscitó preguntas más complejas e interesantes. Preguntas que, de alguna manera, justifican la existencia de la asignatura universitaria que está a mi cargo: Filosofía del Derecho. En efecto, al lado de las burlas y de los memes, hay quienes se han preguntado si esa desproporcionada sanción puede ser realmente justa, si el acto de comprar una empanada puede entenderse realmente subsumido dentro de los verbos “promover” o “facilitar” y, por lo tanto, si estamos ante una aplicación o una incorrecta interpretación de la ley. Todas estas preguntas exigen respuestas y estas respuestas ayudan a comprender, no solo, el exabrupto jurídico que supone esta multa, ya condenada a ser histórica, sino en general la esencia y la razón de ser del derecho y la profesión jurídica. Cuando conocimos el famoso caso de la empanada, mis alumnos y yo acabábamos de terminar un módulo de la clase sobre la concepción clásica del Derecho, representada por Aristóteles, Cicerón, los juristas romanos, Santo Tomás, y, en general, la mayor parte de los juristas hasta el siglo XVII. No se trata, por lo demás, de una concepción muerta y sepultada. En tanto que savia que nutre las grandes construcciones jurídicas del derecho romano, y el derecho medieval, sigue siendo esencial para la comprensión de toda la tradición jurídica occidental, heredera de las mismas. Con lo que hemos visto hasta el momento -les pregunté- ¿cómo podríamos enjuiciar el caso de las empanadas? La pregunta parece baladí y hasta folclórica. Pero mis alumnos, ya acostumbrados a los textos de Aristóteles pueden vislumbrar la respuesta. Aristóteles, en efecto, al estudiar la justicia insiste en que lo más profundamente constitutivo de la juridicidad es la proporción. Lo justo es lo igual, lo medido, lo proporcionado. Desproporción es, por ende, antónimo perfecto de justicia, es la quintaesencia de la injusticia. Más aún, tanto Aristóteles como los juristas romanos, como sus intérpretes medievales, insistirán en un dato que para ellos es etimológicamente claro: el derecho -ius, to dikaion- es lo justo, - iustum, ipsa res iusta-, es decir, el objeto de la justicia -dikaiosyne, iustitia-. Así pues, lo desproporcionado y desmedido, no puede ser derecho, aunque se revista con todos sus ropajes y formalidades y aunque se apropie de “la espada de la justicia”. Además, mis alumnos, siguiendo al mismo Aristóteles -autor de sus pesadillas en el último trimestre- están en capacidad de decir con toda tranquilidad que, en definitiva, es irrelevante si el acto de comprar una empanada encaja dentro de los límites semánticos de las palabras promover y facilitar, pues como bien señala el Estagirita, la esclavitud de la literalidad de la ley puede desembocar en el imperio del sinsentido, y la equidad, que es justicia en un sentido más estricto que lo que él llama justicia legal, obliga a interpretar la ley, en cada caso concreto, atendiendo a lo que resulta razonable en esa circunstancia particular, pues bien puede pasar que lo que es proporcionado, en términos generales, deje de serlo atendiendo a las particularidades del caso concreto. De esta manera, la norma interpretativa no es tanto, qué dice la ley, sino cómo se puede aplicar la ley de manera racional y proporcionada en el caso concreto. Más aún, si resultara evidente que aquello que quiso y previó el legislador fuera precisamente sancionar la compra de empanadas con un castigo más severo que el que se prevé para la compra ilegal de armas, mis alumnos seguirían entendiendo que ni hay justicia, ni hay derecho, ni hay obligación en el caso concreto. A lo sumo habrá violencia en la aplicación de tal norma, que no merece el nombre de ley. Y es que, a estas alturas, ellos ya han leído a Cicerón, y su caracterización de la norma como acto de razón y de la norma irracional, como acto de violencia, en nada distinguible de la amenaza del ladrón. Más adelante, cuando profundicemos en la teoría clásica de la ley, entenderán mejor cómo una disposición tan desproporcionada, resultaría especialmente reprochable en un país donde el 30% de los ciudadanos vive en la informalidad, y gana menos del salario mínimo, y cómo tal circunstancia contradice lo que en su momento Isidoro entendió como necesario en una ley que, según su decir, debe ser “honesta, justa, posible, conforme a la naturaleza, conforme a las costumbres de la patria, conveniente al lugar y tiempo, necesaria, útil, clara, no sea que por la oscuridad induzca a error, y ordenada a la utilidad de los ciudadanos y no para el bien privado”. Pero más allá de todo esto, mis alumnos saben, también por Aristóteles, que toda actividad humana busca un fin. Tiene sentido en razón de un bien perseguido. Y ello se puede decir de nuestra profesión jurídica. Pasamos cinco años estudiando arduamente y nos sometemos a difíciles exámenes para algo. Nos formamos para ser “sacerdotes de la justicia”, según la expresión bellamente acuñada por Ulpiano, no para ser ejecutores de políticas absurdas o para castigar a los más pobres, o para perseguir conductas moralmente irrelevantes. Hacer, aplicar y estudiar las leyes tiene un sentido: la justicia. Fuera de ello, está el reino del sinsentido y la corrupción de nuestro oficio.
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