¡No más empleados de Santos en la Corte Constitucional!

Jue, 27/04/2017 - 03:47
En el documento entregado en vísperas de elegir nuevos magistrados, un grupo de respetados juristas reitera la solicitud que formularon al Gobierno y la Corte Suprema
En el documento entregado en vísperas de elegir nuevos magistrados, un grupo de respetados juristas reitera la solicitud que formularon al Gobierno y la Corte Suprema “para que no postulen como candidatos a la Corte Constitucional y al Senado para que no elijan como magistrados de esa Corte a quienes sean o hayan sido funcionarios, asesores o contratistas del gobierno Santos”. Firman Jaime Castro (exministro, ex alcalde de Bogotá) Carlos Lleras de la Fuente, Hernando Yepes Arcila (ex constituyente, exministro), Carlos Esteban Jaramillo y Jesús Vallejo Mejía (ex magistrado Corte Suprema), María Claudia Rojas ex presidente del Concejo del Estado), Rubén Darío Lizarralde (ex ministro), Jorge Bustamante (ex director del Dane), Pedro Medellín, Virginia Garcés, Oscar Ortiz González, Lorena Garnica, Andrés Vernaza, Carlos Hugo Ramirez, Paola Tamayo, María Paula Robayo.       Las razones “El imperio del Estado de Derecho y el objetivo trascendental de mantener a cada autoridad en su órbita propia, exige que quienes integran la Corte Constitucional estén en capacidad de garantizar al país su independencia de los poderes políticamente activos y su imparcialidad como máximo órgano de control del ordenamiento superior, encargado, además, de mantener la producción normativa en su marco constitucional de la manera más estricta. No puede esperarse que la Corte asuma su tarea y realice los valores y principios que le están encomendados si el reclutamiento de sus miembros se realiza en el círculo íntimo del poder que está llamada a vigilar, llevando a él personas subordinadas al Ejecutivo por vínculos de dependencia y de gratitud frente a quien los honró con su confianza y gratificó con sus mercedes y, menos aún, si contribuyeron a la construcción de las políticas del gobierno y a su traducción en normas, cuya validez les correspondería juzgar inmediatamente después de su eventual elección. Qué seguridad puede tener el país en las decisiones que tome una Corte integrada, así sea parcialmente, por Magistrados que deben evaluar la juridicidad de normas cuya emisión recomendaron y cuya elaboración misma es fruto de su aporte profesional? La inconveniencia de que el Poder Ejecutivo coopte la Corte y la radical perversidad de ese propósito cuando se lo considera a la luz de los principios y valores que inspiran el ordenamiento, son bien conocidas por los colombianos y no constituyen hoy una conceptualización teórica sino experiencia vivida. No podemos dejar de recordar fenómenos de reciente ocurrencia derivados de la práctica de reclutar Magistrados para la Corte Constitucional con manifiesto descuido o con la intención de premiar lealtades o promoverlas para el inmediato futuro. Por razones de ética pública, ajenas en todos los casos al deseo de agradar al Poder, los Magistrados no pueden ni deben pronunciarse sobre textos normativos en cuya concepción, estructuración o promoción hayan participado a uno u otro título. Infortunadamente las reglas vigentes sobre recusación e impedimentos no logran cubrir situaciones cuya nocividad no debe repetirse. De ahí la necesidad de afrontar el problema desde los que pueden ser sus orígenes. Nuestras apreciaciones no constituyen pronunciamiento sobre las calidades personales o profesionales de los candidatos presentados que, en la medida en que existan, se convierten en coartadas para una postulación y una elección políticamente incorrectas y jurídicamente tramposas, porque atentan en el inmediato futuro contra la validez y vigencia de nuestra institucionalidad democrática y amenazan de manera preocupante la autonomía e independencia del tribunal que debe garantizar la integridad y supremacía de la Constitución”.
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