Ricardo Felipe Herrera

Abogado, especialista en régimen del Distrito Capital de Bogotá y magister en derecho con énfasis en derecho administrativo. Docente universitario con una experiencia profesional de cerca de 35 años con área de práctica como profesional independiente en régimen de los servicios públicos, derecho ambiental, régimen de contratación, arbitraje y amigable composición.

Ricardo Felipe Herrera

¿Por qué el ex Presidente Álvaro Uribe recusó al Fiscal Villarreal?

Muy distinto a lo que tendenciosamente sus contradictores políticos y personales esbozan y los activistas pagos y no pagos ignorantemente replican, al ex Presidente Álvaro Uribe Vélez no se le está procesando por “asesino”, “paramilitar” o cargo infundado similar alguno.

El caso surge de una denuncia que, paradójicamente, él mismo presentara hace varios años en contra del Senador Iván Cepeda Castro, activista y político de la extrema izquierda colombiana con especial cercanía o coincidencia ideológica con quienes hoy conforman el Partido Político Comunes, integrado por ex guerrilleros de las FARC-EP, bajo el supuesto de que el Senador había abusado de su investidura para visitar presos con el propósito de presionarlos para que declararan falsamente en contra del ex Presidente Uribe.

La denuncia ante la Corte Suprema de Justicia entonces dio un sorpresivo giro al punto de que el Senador Cepeda quedara liberado de acusación penal alguna y, en su lugar, se ordenara la investigación del ex Presidente, quien renunció a su curul como Senador para que el proceso pasara a la Fiscalía General de la Nación como en efecto ocurrió, sobre la base de que el doctor Uribe Vélez presuntamente habría pagado testigos u ordenado hacerlo para realizar su denuncia. La tensión entre el entonces Presidente Uribe y la Corte Suprema de Justicia, por otras razones, es innegable e inocultable, lo que le da al caso un tufillo de corresponder a una pugna de orden personal que mejor denominaremos “política”.  

Al ex Presidente en dos oportunidades la Fiscalía se abstuvo de presentarle acusación ante el juez de conocimiento por carecer de soporte alguno que diera lugar a hacerlo. Así, la Fiscalía, aún en manos del Fiscal General Francisco Barbosa, resignó el caso y le correspondió al señor Víctor Salcedo, Fiscal 12 Delegado ante la Corte Suprema de Justicia, a quién se le aceptó el impedimento esbozado por éste, dándosele entonces traslado de la actuación el día 16 de enero de 2024 a la Fiscalía Primera Delegada ante la Corte Suprema de Justicia a cargo del Fiscal Gilberto Villarreal Pava.

Este Fiscal, el día 9 de abril presentó acusación en contra del ex Presidente por la presunta comisión de varios delitos: tres (3) de soborno en actuación penal y dos (2) de fraude procesal. Al respecto, cabe destacar de manera especial que el Fiscal Villarreal en su escrito de acusación presentado al parecer no endilgó delito alguno al procesado por hechos relacionados con los abogados Eduardo Montealegre Lynett y Jorge Fernando Perdomo Torres, ex Fiscal y Vicefiscal General de la Nación, respectivamente, quienes han venido fungiendo como víctimas en el curso de la investigación adelantada en contra del ex Presidente.  

Por eso, llama poderosamente la atención que el 16 de mayo de 2024 el Fiscal Villarreal a solo 15 horas antes de instalarse la audiencia de formulación de acusación, procedió a adicionar el escrito de acusación para endilgarle al señor ex Presidente un nuevo delito como determinador del delito de soborno sobre la testigo Jeaneth Niño Farfán.       

Lo propio pudiera ser un olvido u obedecer a cualquiera otra razón que obligara al señor Fiscal a adicionar el escrito de acusación ya radicado desde el 9 de abril de 2024; sin embargo, esa adición tuvo como efecto procesal inmediato que los señores Montealegre Lynett y Perdomo Torres, pudieran solicitar ante el juez de conocimiento su reconocimiento como víctimas, lo que efectivamente hicieron y les fuera reconocido el día 24 de mayo de 2024.

Hasta ahí no pareciera advertirse nada muy extraño, diferente a un olvido del Fiscal Villarreal que oportunamente corrigió; sin embargo, gracias a la investigación y publicación de un importante medio impreso de comunicación se pudo saber que el señor Fiscal Villarreal fue nombrado entonces como Director Seccional de  Fiscalías en San Gil (Santander) y luego ascendido y nombrado como Fiscal Delegado ante Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, cuando Eduardo Montealegre Lineth era Fiscal General de la Nación, inocultable enemigo personal del hoy procesado.

Al imperdonable “olvido” del señor Fiscal Primero Delegado ante la CSJ al momento de recibir las diligencias y omitir haber esbozado prudentemente lo propio como un eventual impedimento para conocerlas, se le suma que al parecer lo que ha hecho en el curso de la diligencias, imprudentemente, es procurar colaborar con los intereses del señor Montealegre -que no necesariamente son los de la Justicia- al punto que de su intervención del día 24 de mayo de 2024 puede colegirse sin mayor esfuerzo el marcado y torpe empeño de exaltación que hace el Fiscal Villarreal del entonces Fiscal General de la Nación Montealegre Linett.

La garantía constitucional de imparcialidad del juez, en este caso del fiscal del caso, está claramente comprometida y de no resolverse debidamente llevará al

traste todo el proceso más temprano que tarde. Aspecto que de no resolverse como corresponde no se olvide que el derecho a la imparcialidad se halla también consagrado en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en su artículo 14.1., así como en la Convención Americana de Derechos Humanos en el artículo 8.1., lo que eventualmente permitirá el ex Presidente acudir ante las instancias internacionales.

La arbitrariedad de algunos de quienes administran Justicia en Colombia no solo desdice de ella, sino que gracias a sus actuaciones con motivaciones personales, políticas o ideológicas contribuyen torpemente a que prospere la impunidad o, peor aún, se llegue a condenar a inocentes.

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