El ABC del protocolo para salir a hacer ejercicio este 27 de abril

Publicado por: maria.vargas el Sáb, 25/04/2020 - 11:05
Tenga en cuenta estas medidas y no incumplir el decreto 593.

Luego de una semana de polémicas e incertidumbres, el Gobierno de Iván Duque y el Ministerio del deporte dieron a conocer las medidas para poder salir a hacer ejercicio físico a partir del 27 de abril.

En el decreto 593 con las 41 actividades que podrán reactivarse, está la actividad física como respuesta a los niveles de ansiedad, depresión y miedo que ha generado estar en casa protegiéndose del Covid-19.

Estas son las medidas para salir a practicar ejercicios recreodeportivos:

"El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 60 años, por un período máximo de una (1) hora diaria, de acuerdo con las medidas, instrucciones y horarios que fijen los alcaldes en sus respectivas jurisdicciones territoriales.

En todo caso se deberán atender los protocolos debioseguridad que para los efectos se establezcan", dio a conocer el artículo 37 del decreto 593.

Cabe mencionar que cada alcaldía y gobernación deberá adaptar este decreto a las medidas que ya hay como el pico y cédula o el pico y género.

Además cada Alcaldía deberá dar a conocer qué parques estarán disponibles para esta actividad física y cuáles no.

De esta manera, no podrán salir a las calles los menores de 18 años y los mayores de 60 años. Las personas que incumpla está medida serán sancionados por violar el decreto presidencial.

El Decreto, firmado por el Presidente Iván Duque y miembros del gabinete, amplía el Aislamiento ordenado anteriormente en dos ocasiones, desde el mes pasado, y cubre a todos los habitantes del país.

La nueva medida señala que “para efectos de lograr el efectivo Aislamiento Preventivo Obligatorio, se limita totalmente la libre circulación de personas y vehículos en el territorio nacional”, con 41 excepciones que buscan garantizar el derecho a la vida, a la salud y la supervivencia de los colombianos.

Esta vez, por medio del Decreto 593,  se introducen nuevas excepciones, relacionadas con las obras de construcción de edificaciones, la cadena de manufactura, las casas de cambio y los juegos de suerte y azar (chance y loterías), las actividades físicas individuales al aire libre, el sector de bicicletas y los parqueaderos públicos para vehículos.