Gobierno buscará a víctimas de desaparición forzada

Vie, 20/02/2015 - 05:57
Nace en Colombia el primer Banco de perfiles genéticos, con el que el Gobierno Nacional busca localizar y dar plena identificación a las víctimas de la desaparición forzada en el
Nace en Colombia el primer Banco de perfiles genéticos, con el que el Gobierno Nacional busca localizar y dar plena identificación a las víctimas de la desaparición forzada en el país. El Banco de perfiles genéticos tendrá como funciones recolectar, procesar, conservar, proteger y almacenar las muestras biológicas del desaparecido, de los cuerpos o restos humanos de las víctimas y obtención de muestras biológicas de referencia a familiares de las víctimas tanto en el territorio nacional o fuera de él. El nuevo decreto reglamenta la Ley 1408 de 2010, impulsada por el entonces Representante a la Cámara y hoy Alto Consejero para los Derechos Humanos, Guillermo Rivera y contó con el apoyo del Ministro del Interior Juan Fernando Cristo, cuando se desempeñó como Senador de la República. Esta normatividad también dicta medidas para brindar apoyo económico y asistencia psicosocial a los familiares durante el proceso de entrega del cuerpo o restos humanos de la víctima, bajo los principios de dignidad, intimidad personal, igualdad y no discriminación, sin perjuicio de las demás obligaciones de atención y asistencia psicosocial que se le deben proporcionar a los familiares por su condición de víctima, acorde a lo establecido en la normatividad vigente. La articulación interinstitucional está orientada al restablecimiento de la dignidad de las víctimas de la desaparición forzada en todo el territorio nacional. El trabajo de reglamentación asumido por el Ministerio del Interior, se suma al proceso emprendido por el Ministerio del Interior en 2010, con el proyecto de búsqueda e identificación de personas desaparecidas, en un esfuerzo interinstitucional que contó con la participación de la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, y que permitió la identificación de más de 9.000 personas registradas como N.N. Durante los 10 años anteriores a este esfuerzo solamente se habían logrado identificar 6 personas. A la fecha se han entregado 178 personas a sus familiares en condición de dignidad. Además la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior realizó el diagnóstico y mapeo de 185 cementerios priorizados a fin de implementar acciones que comprendan desde la ubicación de los cuerpos en sus lugares de inhumación hasta la entrega digna de los mismos. Abecé del decreto:Banco de Perfiles Genéticos de Desaparecidos Se crea en Colombia el Banco de Perfiles Genéticos de Desaparecidos, bajo la dirección y coordinación de la Fiscalía General de la Nación, con el objetivo de contribuir al proceso de identificación de las persona desaparecidas a través de técnicas de ADN, que incluyen recolección, procesamiento, conservación, protección, almacenamiento y destrucción de muestras biológicas del desaparecido, de los cuerpos o restos humanos de las víctimas y obtención de muestras biológicas de referencia a familiares de las víctimas tanto en el territorio nacional o fuera de él. Familiares de las Víctimas. Implementación de acciones, a cargo de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, para proporcionar apoyo económico a los familiares de las víctimas que resulten identificadas, destinados a solventar los gastos funerarios, de desplazamiento, hospedaje y alimentación durante el proceso de entrega de los cuerpos o restos humanos. Así mismo, el Ministerio de Salud y Protección Social, brindará atención psicosocial a familiares de una víctima identificada, durante el proceso de entrega del cuerpo o resto humano. Elaboración de Mapas y Obligación de Compartir Información. Con el fin de facilitar las labores de búsqueda, localización e identificación de las personas desaparecidas forzadamente, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi y de la Fiscalía General de la Nación apoyarán la elaboración de mapas donde se señale la presunta ubicación de los cuerpos o restos humanos y la protección de las zonas mapeadas por parte de las autoridades de policía. Se fomentar el establecimiento de una línea gratuita que le permita a cualquier persona, organización o unidad académica, suministrar información sobre la localización de cuerpos o restos de personas desaparecidas forzadamente, y la remisión de esta a la Sección de Análisis Criminal del Cuerpo Técnico de Investigaciones de la Fiscalía General de la Nación. Conservación de Cuerpos o Restos Humanos no Identificados o Identificados no Reclamados. Se establecen acciones para garantizar la apropiada inhumación (entierro) y conservación de los cuerpos o restos humanos no identificados o identificados no reclamados, hasta el momento de su entrega, a través de: Libros de registro; Marcación adecuada de tumbas; Establecimiento de garantía de permanencia de los cuerpos en cementerios durante el tiempo que dure el proceso de identificación; Lineamientos para la creación, al interior de los cementerios públicos o privados, de espacios dedicados a la inhumación de los cuerpos de las personas no identificadas o identificadas no reclamadas. Santuarios de laMemoria En los lugares donde la Fiscalía General de la Nación presuma la existencia de cuerpos o restos humanos de personas desaparecidas forzadamente y aquellos que por condiciones geográficas o topográficas resulta imposible su exhumación, podrán declararse como Santuarios de la Memoria. Memoria Histórica. La última semana del mes de mayo, en el marco de la Semana de los Detenidos-Desaparecidos, y el treinta (30) de agosto, Día Internacional de los Desaparecidos, se conmemorará la memoria histórica de las víctimas del conflicto colombiano desaparecidas forzadamente.
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