Acción de tutela revive circunscripciones de paz

Mar, 19/12/2017 - 09:09
La acción de tutela interpuesta por Robinson López dio frutos. La mañana del 19 de diciembre, el juzgado 16 administrativo de oralidad del circuito judicial de Bogotá or
La acción de tutela interpuesta por Robinson López dio frutos. La mañana del 19 de diciembre, el juzgado 16 administrativo de oralidad del circuito judicial de Bogotá ordenó al presidente del Senado de la República promulgar el proyecto con el que se reviven las circunscripciones para las victimas. [single-related post_id="799324"] Poco después de conocerse la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que aprobó las curules de paz, salió el fallo de la tutela interpuesta por Robinson López, víctima del conflicto armado y coordinador de derechos humanos de la organización nacional de los pueblos indígenas de la Amazonia de Colombia, donde le ordena al Senado en cabeza de Efraín Cepeda publicar el acto legislativo en la gaceta del Congreso para sea sujeto de control único de la Corte Constitucional. Se ordenó “Modificar la medida cautelar, proferida el 11 de diciembre, en el sentido de ordenar al secretario general y al presidente del Congreso de la República que, de manera inmediata, se inserte en la gaceta del Congreso el acto legislativo 17 de 2017, por medio del cual se crean 16 circunscripciones transitorias especiales de paz para la Cámara de Representantes en los períodos  2018-2022 y 2022-2026”, señala el fallo. La tutela de López fue admitida el pasado 11 de diciembre, y la juez Catalina Díaz Vargas adoptó medidas cautelares y le ordenó al presidente del Senado enviar el texto del acto legislativo a la Presidencia para su sanción y posterior revisión de la Corte. [single-related post_id="799406"] La primera medida del fallo proferido ampara el derecho a la participación política de Róbinson López Descanse, y el derecho a la representación de Osnay Cuesta Mena, Faustino Rocha, Juana Lucía Alegría y Cristian Mena Arboleda. Desde la mesa directiva del Senado se podría impugnar el fallo en los próximos tres días, de no ser así sería remitido a la Corte Constitucional para su revisión.
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