¿Fue legal el reintegro del magistrado Alberto Rojas a su cargo?

Mié, 20/05/2015 - 04:33
Aunque Alberto Rojas Ríos lleva pocas horas desde que fuera reintegrado a su cargo como Magistrado titular de la Corte Constitucional, la decisión que tomó el Consejo de Estado y que lo benefició
Aunque Alberto Rojas Ríos lleva pocas horas desde que fuera reintegrado a su cargo como Magistrado titular de la Corte Constitucional, la decisión que tomó el Consejo de Estado y que lo benefició ha sido ampliamente cuestionada, incluso por una magistrada de ese alto Tribunal. Lea también: Bebé, el mico que tiene enfrentada a su familia humana con la justicia. Lucy Jeanette Bemúdez, integrante de la Sección Segunda del Consejo de Estado, y quien se declaró impedida tal como los otros magistrados de esa sección para fallar la tutela con la que Rojas Ríos logró ser reintegrado, denunció algunas presuntas irregularidades que se cometieron en la decisión. También lea,  ¿Nace la verdadera liga de la justicia? Cinco de los seis magistrados de la Sección Segunda se declararon impedidos por haber participado en la elección de la terna para magistrado de la Corte Constitucional, de la que finalmente fue elegido Alberto Rojas por el Congreso de la República en abril del 2013. Inmediatamente fueron sorteados tres conjueces, quienes derrotaron la ponencia de la consejera de Estado Sandra Lizeth Ibarra, quien pedía no acoger los argumentos de Rojas Ríos. Posteriormente fue designado como conjuez sustanciador Jesús María Lemus, quien presentó ponencia favorable a los intereses del magistrado, y cuyo argumento fue avalado por los otros dos conjueces. Obviamente la magistrada Ibarra se apartó de la votación mayoritaria. Al enterarse de la decisión que tomó la sala de conjueces, Lucy Jeannette Bermúdez presentó una acción de nulidad contra la tutela, bajo dos argumentos. El primero tiene que ver con el número de conjueces que se escogió, pues la subsección que tomó la decisión está integrada por tres magistrados, y se designaron tres conjueces, quienes junto con la magistrada Ibarra superan en número los integrantes de la subsección, y sin embargo resultan minoritarios a los seis consejeros de estado que integran la Sección Segunda. De igual manera, Bermúdez también evidenció una presunta irregularidad en la orden dada a la Corte Constitucional para reintegrar a Rojas Ríos. Sin embargo, tiene que ser la misma sala de conjueces la que se pronuncie sobre los posibles errores que profirió en su providencia. Hay que recordar que a mediados del año pasado, el mismo Consejo de Estado había anulado la elección de Alberto Rojas porque los magistrados habían hecho pública su intención de elegirlo como integrante de la terna que seleccionaría a un magistrado del máximo tribunal de lo contencioso administrativo. Corte ConstitucionalSala plena de la Corte Constitucional. ¿Un pie adentro, pero otro afuera? ¿Debió la Corte reintegrar a Ríos, o el competente es el presidente de la República por ser el encargado de posesionar a los magistrados de alta Corte? ¿Estos errores pueden hacer caer el reintegro del magistrado? Kenyke.com habló con algunos expertos en el tema para saber qué posibilidades hay de que se pueda caer la tutela que ordenó el reintegro. Uno de los consejeros de Estado que recientemente salió del alto Tribunal por retiro forzoso y presidió esa Corte habló pero con la condición de no revelar su nombre. El exmagistrado manifestó que el número de conjueces elegido para darle trámite a la tutela no conjura un error protuberante. “Las partes del proceso requieren la información del sorteo de los conjueces, para saber quién fue designado, porque si usted es parte de un proceso y resulta como conjuez algún enemigo o amigo íntimo, pues no va estar conforme con el fallo que tome ese conjuez. Con ese conocimiento del sorteo, las partes se enteraron en ese momento que los conjueces que nombraron fueron tres y no dos o cinco. Si las partes dentro de los días siguientes al sorteo no expresan su inconformismo con la designación y guardan silencio, se supone que están aprobando o dándole la venia al sorteo”, explicó. Según el expresidente del Consejo de Estado, en el caso específico “no creo que haya alguna causa insaneable en el aspecto que se hayan elegido menos o más conjueces. ¿En qué se estarían disminuyendo los derechos a la defensa? ¿porque los conjueces son solamente tres en lugar de ser seis?, por eso esa irregularidad no estaría llamada a prosperar”. Sin embargo, el exconsejero de Estado admitió que en principio es el presidente de la República el que debió haber reintegrado a Rojas Ríos. “En principio debe ser un tema de posesión del cargo ante el presidente, porque lo que se anuló fue la elección del magistrado, pero posteriormente si se dictamina que la elección fue válida, entonces tendría que ejecutarse la posesión”, dijo. Por su parte, uno de los expresidentes de la Corte Constitucional también habló con este medio digital, y señaló que la Corte Constitucional no tiene competencias para reintegrar a sus magistrados. “El competente es el presidente de la República, porque la Corte Constitucional no tiene nada que ver con el nombramiento de los magistrados, es el Senado quien elige a los magistrados de esa Corte y el presidente quien les da posesión”, dijo. Para el exmagistrado, la Corte Constitucional puede revisar la tutela fallada por el Consejo de Estado. Contra el acto administrativo que reintegró a Rojas Ríos el pasado viernes 15 de mayo, proferido por la Corte, puede ser demandado ante el Consejo de Estado. Por otro lado, el experto en temas constitucionales, Juan Manuel Charry indicó que “el juez de tutela puede dar la orden que estime conveniente para proteger el derecho fundamental del afectado y puede tomar el lugar de la autoridad administrativa; entonces, si el juez de tutela ordena hacer el reintegro la Corte lo debe hacer. Hay que acatar el fallo de tutela en los términos en que se haya expedido”. ¿Quién tiene la razón? Toca esperar a que la Corte Constitucional decida si selecciona la tutela en mención para revisarla, proceso que puede demorar algunas semanas.
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