Luego de varias semanas de discusión, el Senado de la República decidió finalmente dar vía libre al proyecto de ley que establece las normas sobre el funcionamiento de la Justicia Especial para la Paz. El Centro Democrático salió victorioso en sus proposiciones sobre la extradición y el sometimiento de las Fuerzas Militares.
El Senado aprobó los dos artículos expuestos por la senadora Paloma Valencia y que durante los últimos días se convirtieron en el centro de la discordia.
El primero de ellos buscaba un tratamiento diferencial para los miembros de la Fuerza Pública señalados por algún delito durante el conflicto armado. En este punto, se determinó tal y como lo propuso la bancada del Centro Democrático que los procesos de los miembros de la cúpula militar serán congelados hasta que el congreso, a través de reforma constitucional, cree una sala especial dentro de la JEP para su juzgamiento y este a cargo de magistrados diferentes.
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"Los procesos de los miembros de las Fuerzas Armadas de Colombia iniciarán o continuarán su trámite una vez el procedimiento especial y diferenciado para el juzgamiento exista. Sin embargo, el compareciente podrá solicitar de manera expresa que el proceso continúe y en ese caso se utilizarán los procedimientos aprobados por esta ley.
Mientras mantengan los compromisos de sometimiento a la JEP, podrán mantener los beneficios del sistema y las medidas provisionales decretadas a su favor antes de la entrada en vigencia de esta ley y podrán igualmente solicitarlos y les serán concedidos de acuerdo con los requisitos vigentes.
El gobierno y el Congreso tendrán 18 meses para presentar y aprobar dicho procedimiento", señala explícitamente el texto aprobado por el Senado.
El otro artículo que generó polémica y se convirtió en el talón de Aquiles del proceso fue las facultades del tribunal especial sobre la extradición. En este sentido, con 31 votos a favor y 14 en contra, el Senado dejó en claro que la JEP no podrá practicar pruebas adicionales, en los trámites de extradición, para determinar la fecha de comisión de un delito.
Así quedó este punto tras la modificación de la bancada uribista: “La sección de revisión verificará que los hechos a los que se refiere la solicitud de extradición sean posteriores a la firma de los acuerdos. No podrá decretar pruebas. En ningún caso, la JEP podrá pronunciarse sobre el fondo del asunto, ni sobre la responsabilidad de sobre quien fuere solicitado en extradición”.
Finalmente, pasada la media noche de este miércoles, la comisión designada por el presidente del Senado Efraín Cepeda para la conciliación de los puntos votados entre la Cámara de Representantes y el Senado, trabajará sobre las diferencias que existen en el articulado aprobado por las dos corporaciones.
Senado aprueba ley de procedimiento de la JEP
Mié, 27/06/2018 - 11:26
Luego de varias semanas de discusión, el Senado de la República decidió finalmente dar vía libre al proyecto de ley que establece las normas sobre el funcionamiento de la Justicia Especial pa