¿Hasta cuándo hay plazo para pagar la prima de mitad de año?

Sáb, 17/05/2025 - 08:00
El ministerio de trabajo compartió las fechas límite para que las empresas hagan efectivo el pago de la prima de mitad de año a sus colaboradores.
Créditos:
Archivo particular

Con la llegada de junio, muchos trabajadores en Colombia comienzan a preguntarse por uno de los pagos más esperados del año: la prima de servicios.

Esta prestación laboral obligatoria se otorga dos veces al año y corresponde a un ingreso adicional que reconoce el esfuerzo del trabajador durante el semestre. Pero, ¿hasta cuándo hay plazo para pagar la prima de mitad de año en 2025? Aquí le contamos todo lo que debe saber, según lo establece el Ministerio del Trabajo.

Fecha límite de pago de la prima en junio 2025

El Ministerio del Trabajo ha recordado que la fecha límite para el pago de la prima de servicios correspondiente al primer semestre del año es el 30 de junio de 2025, conforme a lo que establece el Artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo. Esta obligación aplica tanto para trabajadores del sector privado como para la mayoría de empleados del sector público nacional.

No obstante, hay una salvedad para ciertos empleados públicos del nivel territorial. De acuerdo con orientaciones del Departamento Administrativo de la Función Pública, algunas entidades pueden pagar la prima dentro de los primeros 15 días de julio, siempre que justifiquen este plazo de forma razonada y conforme a sus dinámicas administrativas.

¿Cómo se calcula la prima de servicios?

La prima de junio se calcula de forma semestral y equivale a 15 días de salario por cada semestre trabajado. Es decir, si el trabajador ha estado vinculado los seis meses del primer semestre del año, recibirá medio salario mensual adicional.

Para hacer este cálculo, debe tener en cuenta las siguientes variables:

  • Salario base: Incluye el salario mensual más el auxilio de transporte (solo si el trabajador gana hasta dos salarios mínimos). Si el salario es variable, se debe promediar lo devengado en el semestre.

  • Días trabajados en el semestre: Normalmente, se toman como referencia 180 días si se trabajó el semestre completo.

  • Días del año comercial: Se usan 360 días para efectos del cálculo, en lugar de los 365 días reales.

La fórmula general para calcular la prima es:

(Salario base x Días trabajados) / 360

Ejemplo práctico:
Un trabajador con salario mensual de $2.000.000 y auxilio de transporte de $200.000, que trabajó los 180 días del semestre, calcularía su prima así:

($2.200.000 x 180) / 360 = $1.100.000

¿Qué hacer si no le pagan la prima?

La ley colombiana es clara: el pago de la prima es obligatorio. En caso de que un empleador no cumpla con este deber, el trabajador tiene varias opciones:

  1. Dialogar con el empleador: La primera medida recomendada es intentar resolver la situación directamente, preferiblemente por escrito para dejar constancia.

  2. Acudir al Ministerio del Trabajo: Si el diálogo no funciona, puede presentar una queja formal. Esta entidad ofrece asesoría gratuita sobre derechos laborales.

  3. Acciones legales: Como última opción, el trabajador puede iniciar una demanda ante un juez laboral. No obstante, los expertos aconsejan agotar primero las vías administrativas.

Sanciones para empleadores que incumplen

Los empleadores que no paguen la prima dentro del plazo establecido enfrentan sanciones como:

  • Pago de intereses moratorios sobre la suma adeudada.

  • Multas impuestas por el Ministerio del Trabajo.

  • En casos de reincidencia, posible clausura del establecimiento.

El pago de la prima de junio debe realizarse a más tardar el 30 de junio de 2025, según la normativa vigente. Este beneficio es un derecho fundamental del trabajador colombiano, y su cálculo correcto y pago oportuno son responsabilidad directa del empleador. Si no recibe su prima, tiene respaldo legal para hacer valer su derecho ante las autoridades competentes.

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