A partir del 1 de septiembre se podrá comprar tiquetes internacionales

Publicado por: gabriela.garcia el Jue, 28/05/2020 - 18:53
Así lo anunció la ministra de Transporte Ángela María Orozco durante el programa 'Prevención y Acción'.

La ministra de Transporte, Ángela María Orozco, anunció durante el programa presidencial 'Prevención y Acción' que desde el próximo 1 de septiembre se permitirá la compra y venta de tiquetes aéreos hacia destinos internacionales.

La funcionaria indicó que la restricción del ingreso a pasajeros internacionales se mantendrá hasta el próximo 31 de agosto, fecha hasta la cual se extendió la emergencia sanitaria por el Covid-19 por decisión del Gobierno Nacional. 

Según dijo la ministra Orozco, esto significa que al día siguiente (1 de septiembre) se reactivará el transporte aéreo internacional, en la medida de que se dará paso a la reapertura de las actividades productivas con los debidos protocolos de bioseguridad para evitar el virus. 

"Esas actividades se permitirán a las aerolíneas, a las agencias de viajes y a todos los demás mecanismos a través de los cuales se vendan tiquetes internacionales a partir del 1 de septiembre", aseguró. 

Respecto a los demás sistemas de transporte, la ministra Ángela María Orozco indicó que, en la nueva etapa de aislamiento preventivo obligatorio, se continuará con la operación con el cumplimiento de los estrictos protocolos de bioseguridad.

Nueva etapa de aislamiento preventivo obligatorio
 

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 749 del 28 de mayo de 2020 por el cual se ordena el aislamiento preventivo obligatorio en todo el territorio nacional desde las cero horas del 1 de junio hasta las cero horas del 1 de julio en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Covid-19.

Este nuevo decreto de aislamiento incluye 43 excepciones que buscan retomar gradualmente la vida productiva y garantizar la salud y la supervivencia de los colombianos según aseguró el presidente Iván Duque.

En la norma se hace referencia a las actividades que por ninguna razón serán permitidas durante la cuarentena, entre ellas: la apertura de establecimientos y locales comerciales de esparcimiento y diversión, bares, discotecas, de baile, ocio y entretenimiento y de juegos de azar y apuestas, billares, casinos, bingos y terminales de juego de video.

Asimismo, establece que sigue el cierre de las fronteras de Colombia –pasos marítimos, terrestres y fluviales- con Venezuela, Perú, Brasil, Panamá y Ecuador.