La Corte Constitucional suspendió de manera provisional el Decreto Legislativo 1390 de 2025, mediante el cual el Gobierno había declarado el Estado de Emergencia Económica y Social en todo el territorio nacional. La decisión, adoptada a través del Auto 082 del 29 de enero de 2026, estará vigente mientras la Sala Plena estudia de fondo la constitucionalidad del decreto.
Como consecuencia directa de esta suspensión, el Alto Tribunal determinó que el Decreto Legislativo 1474 de 2025, que contenía medidas tributarias para atender los gastos derivados de la emergencia, no producirá efectos mientras no exista un fallo definitivo. La Corte explicó que la suspensión busca evitar posibles daños irreparables en caso de que, tras el análisis de fondo, se determine que la declaratoria no cumplía con los requisitos constitucionales.
La decisión incluyó salvamentos y aclaraciones de voto de algunos magistrados, lo que refleja la complejidad del debate jurídico alrededor del uso de los estados de excepción y el alcance de las facultades del Ejecutivo.
¿Por qué el Gobierno decretó la emergencia y qué dicen sus críticos?
El Gobierno sostuvo que la emergencia económica se fundamentó en ocho hechos principales, entre ellos la obligación inmediata de equiparar la Unidad de Pago por Capitación del sistema de salud, el deterioro del orden público y el conflicto armado, el faltante presupuestal tras la no aprobación de leyes de financiamiento, los efectos de la crisis climática, sentencias judiciales pendientes de pago, obligaciones atrasadas en subsidios y vigencias futuras, restricciones de endeudamiento y una severa falta de liquidez en la Tesorería General de la Nación.
Desde el Ejecutivo insistieron en que el decreto no era una arbitrariedad sino “una herramienta constitucional legítima”, diseñada para evitar un daño mayor al Estado social de derecho. El Ministerio de Hacienda había advertido que una suspensión provisional era improcedente y contraria a la jurisprudencia de la propia Corte.
Sin embargo, desde distintos sectores se respaldó la decisión del alto tribunal. La Federación Nacional de Departamentos destacó que la suspensión reafirma “la independencia de la justicia, la separación de poderes y la defensa de la autonomía territorial”. En la misma línea, Bruce Mac Master, presidente de la ANDI, afirmó que es “totalmente equivocado” presentar la decisión como política y señaló que la Corte actuó conforme a la Constitución para evitar daños irreparables.
Natalia Gutiérrez, presidenta del Consejo Gremial y de Acolgen, aseguró que la suspensión “era necesaria, coherente con la Constitución” y recalcó que no existe una crisis imprevisible que justifique el uso de poderes excepcionales para imponer reformas estructurales o sustituir el debate democrático.
Desde otra orilla, el presidente Gustavo Petro reaccionó con dureza y afirmó que “ahora vendrán las consecuencias de hundir el decreto de emergencia” y que, a su juicio, se socializará una crisis mayor.
El exministro de Hacienda José Manuel Restrepo, por su parte, sostuvo que la suspensión envía un mensaje institucional claro: los estados de excepción no pueden usarse para corregir problemas estructurales previsibles ni para reemplazar al Congreso.
Mientras la Corte avanza en el estudio de fondo, el país queda a la expectativa de una decisión que marcará los límites del uso de la emergencia económica y el equilibrio entre la urgencia fiscal y el respeto al orden constitucional.
