Falsos culpables

Daniel Ramos, un colombiano que vivió 17 años en España, pasó 10 meses en una cárcel de ese país acusado injustamente de un atraco. Cuando salió en libertad, después de comprobarse su inocencia, hubo de asumir que había perdido el producto de años de trabajo y sacrificio: le embargaron la casa por no pagar las cuotas de los préstamos, lo echaron del trabajo y tuvo que regresar a Colombia con unas muy duras perspectivas de salir adelante. 

Supe de su caso por la serie de reportajes que viene publicando hace varias semanas un periódico madrileño sobre falsos culpables. O, dicho de otra forma, sobre inocentes condenados por la justicia. El caso de Ramos, siendo grave, es quizá el menos lacerante de todos cuantos se narran en la serie. Hay inocentes que han pasado diez años y más tras las rejas. Vidas arruinadas, en muchos casos, para siempre.

Periódicamente salen a la luz en Colombia, y en cualquier otra parte del mundo, casos similares que han inspirado libros, películas y series de televisión. Y en Estados Unidos algunas universidades tienen dependencias en las facultades de Derecho enfocadas a la defensa de casos como el de Daniel Ramos. En la Western School of Law de California, con su red “Inocente” o la Northwestern  University de Illinois, han rescatado a más de un inocente del pabellón de la muerte. 

Otros no han contado con tanta suerte y han pagado con su vida delitos ajenos. Hace unos años, una ONG de Filadelfia —Testigos para la Inocencia— logró reunir a 21 de un grupo de 139 ex condenados a muerte que lograron demostrar su inocencia en Estados Unidos, convocados por Helen Prejean. Una película de mediados de los años 90, Dead man walking, protagonizada por Susan Sarandon, se inspiró en la vida de la monja Prejean, fundadora de la mencionada ONG.

Pues bien, un reconocido jurista español, plantea en estos días un interesante debate a propósito de los casos de falsos culpables, que considero válido para nuestro ámbito, en donde conocemos de manera recurrente ejemplos parecidos al de Daniel Ramos.

Dice Javier Gómez de Liaño, abogado y ex magistrado del Consejo General del Poder Judicial en España, que detrás de muchas sentencias erróneas está la propensión de algunos jueces a contentarse con la verosimilitud en lugar de exigir la certeza. Y después de afirmar que a la certeza se llega a través de la prueba, afirma que en el ámbito del derecho penal, la prueba “no equivale a realidad sino a probabilidad o apariencia fundada de verdad, lo cual me parece una laxitud lógica y ética.”

“Todo es preferible antes que el error —sigue diciendo Gómez de Liaño—. La sola posibilidad de condenar a un inocente debería sobrecoger la conciencia del juez… El crimen impune no afecta a la seguridad jurídica. Sin embargo, sí la vulnera, en su esencia, el castigo del inocente”.

“Y que nadie se lamente de dudar. ‘La duda reina de modo necesario’, nos advierte el clásico. Los locos y los fanáticos son los únicos que tienen el privilegio de no abrigar duda alguna”, concluye este jurista.

Aunque viene de fuera, encuentro muy pertinentes estas reflexiones. Por razones profesionales he estado varias veces dentro de prisiones en varios países y guardo el recuerdo de aquellos trabajos como una de las peores experiencias que se pueden tener.

También por razones profesionales, he seguido el caso de algunos falsos culpables cuya vida ha sido arruinada después de purgar injustamente años de cárcel, por un delito que no cometieron. Recuerdo particularmente el caso de un carpintero bogotano cuya única indemnización, porque no hizo nada para resarcirse legalmente, fue la frase tan típicamente colombiana: “Qué pena con usted”.

¿Cuál es la indemnización más justa para un solo día de privación de la libertad de un inocente? No hay valor para compensarla; después de la vida, es nuestro bien más preciado. 

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