Revisar el celular de su pareja podría ser un delito

Mar, 27/03/2018 - 13:14
Conductas tan comunes como abrir la cuenta de una red social como Facebook o Twitter de otra persona, entrar y revisar alguna conversación, revisar mensajes del celular o algo similar constit
Conductas tan comunes como abrir la cuenta de una red social como Facebook o Twitter de otra persona, entrar y revisar alguna conversación, revisar mensajes del celular o algo similar constituyen un delito en Colombia.  Actualmente los medios de comunicación interpersonales que se han posicionado con mayor auge a nivel mundial son las redes sociales. Sin embargo, también son un escenario que constantemente se presta para cometer delitos informáticos que no se tienen en cuenta. [single-related post_id="849728"] Comportamientos como entrar sin autorización al Facebook de su pareja, revisar los chats de WhatsApp de algún conocido o compartir información indiscriminadamente como bromas o comentarios maliciosos sin autorización desde una red social que no es la suya, podría considerarse como una falta legal grave que será regulada dentro de la ley de delitos informáticos. Es común creer que los crímenes informáticos solo se relacionan con hackers o una captación de datos al Estado o grandes empresas, pero la ley se encarga también de castigar casos particulares de ciudadanos que han sido víctimas de este delito considerado como una falta grave a la privacidad. En Colombia las penas por casos relacionados con 'Acceso abusivo a un sistema informático' van desde 96 meses de cárcel a multas por 1.000 salarios mínimos. "El que, sin autorización o por fuera de lo acordado, acceda en todo o en parte a un sistema informático protegido o no con una medida de seguridad, o se mantenga dentro del mismo en contra de la voluntad de quien tenga el legítimo derecho a excluirlo", señala la ley 599 de 2000 del Código Penal Colombiano. [single-related post_id="849703"] Borrar conversaciones que no son suyas también es considerado como delito que se reconoce como 'daño informático': "El que, sin estar facultado para ello, destruya, dañe, borre, deteriore, altere o suprima datos informáticos, o un sistema de tratamiento de información o sus partes o componentes lógicos", señala el Código Penal Colombiano y acarrearía penas similares de cárcel y elevadas multas para el infractor.
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