Abuso de menores considerado como delito en el Código Penal Eclesiástico

Publicado por: anamaria.gomez el Mar, 01/06/2021 - 08:15
El vaticano decidió que a partir de este martes el delito de abuso a menores y su encubrimiento entrará en el Código Penal Eclesiástico.

El Vaticano ha incluido en el Código Penal de la Iglesia católica, el abuso a menores como delito. De esta forma se endurece la aplicación de sanciones en casos de pederastia y de su encubrimiento.

A partir de este martes 1 de junio, la Iglesia católica actualiza su Código de Derecho Canónico, introduciendo un artículo que contempla la pedofilia y específica cuáles son los delitos que serán castigados por el abuso en contra de menores cometidos por sacerdotes.

Esta modificación se convierte en la revisión más amplia desde su cambio en 1983, durante el periodo de Juan Pablo II. Esta reforma contempla la ampliación de los periodos de prescripción e indemnización de las víctimas. 

El papa Francisco decidió revisar la ley consignada en el Código con el fin de crear un nuevo texto que trata corregir "los daños que ocasionó en el pasado la falta de comprensión de la relación íntima que existe en la Iglesia entre el ejercicio de la caridad y la actuación de la disciplina sancionatoria".

Así mismo, el documento firmado por el papa el 23 de mayo, tiene la finalidad de "prevenir males mayores y sanar las heridas causadas por la debilidad humana", sentenció el sumo pontífice. 

El papa argentino también subrayó que los pastores deben recurrir al sistema penal para "siempre tener presentes los tres fines que lo hacen necesario en la sociedad eclesial, es decir, el restablecimiento de las exigencias de la justicia, la enmienda del reo y la reparación de los escándalos".

El nuevo canon que será incluido en el Código de Derecho entrará en la sección que lleva por nombre 'Delitos contra la vida, la dignidad y la libertad humana'. De esta forma se añadirá "el delito contra el sexto mandamiento del Decálogo con un menor o una persona habitualmente afectada por el uso imperfecto de la razón o con una persona a quien la ley reconoce una protección similar".

De igual forma el sacerdote que induzca a un menor a "participar en exhibiciones pornográficas" o mantenga en su poder imágenes relacionadas con la pornografía infantil, será sancionado con acciones que pueden contemplar hasta la expulsión de la Iglesia católica.