Bienes de las Farc solo repararán a las víctimas

Vie, 25/08/2017 - 02:16
El presidente Juan Manuel Santos firmó el decreto que crea la Comisión Transitoria de Verificación de los bienes de las Farc y Apoyo al Administrador del Patrimonio Autónomo, que se encargará de
El presidente Juan Manuel Santos firmó el decreto que crea la Comisión Transitoria de Verificación de los bienes de las Farc y Apoyo al Administrador del Patrimonio Autónomo, que se encargará de revisar el destino de los recursos entregados para la reparación de las víctimas. El ministro del Interior, Guillermo Rivera, aseguró que el Gobierno nacional pretende garantizar que esos bienes ingresen al Patrimonio Autónomo, creado en el decreto 903, cuyo único destino será la reparación de las víctimas. Rivera explicó que la Comisión se "desplazará a los sitios donde están los bienes, los identificará, los valorará en el terreno y garantizará que sean entregados”. Finalmente, concluyó que “aquello que no esté en el inventario será objeto de competencias de la jurisdicción ordinaria". Lea también: Contraloría: “Reficar no está cumpliendo con las metas iniciales” Por su parte, Enrique Gil Botero, ministro de Justicia, aseguró que los bienes que no hayan sido declarados serán expropiados a través de la justicia ordinaria: "Este decreto está señalando de manera clara que los bienes que no hayan sido inventariados y que llegarán a descubrirse, implicarán obligatoriamente una sanción y una remisión a la justicia ordinaria, de los integrantes de las Farc que estén en esa situación". Cabe indicar que el decreto expedido hoy por el Gobierno Nacional es el número 1407 del 24 de agosto de 2017, por medio del cual se designa el administrador del patrimonio autónomo previsto en el Decreto Ley 903 de 2017 y se crea la Comisión Transitoria de Verificación de los Bienes y Apoyo al Administrador del Patrimonio Autónomo. Además: Andrés Felipe Arias pide aplazamiento de su audiencia de extradición Por tal motivo, el Ministro de Justicia recalcó que "cualquier conducta o cualquier bien que no haya sido relacionado dentro de este inventario, lo repito nuevamente, coloca una situación de ilicitud o de irregularidad, que implicaría una remisión a la justicia ordinaria, por estar frente a una típica acción de extinción de dominio". Explicó que, en dicho caso, la acción de extinción de dominio sería iniciada por la Fiscalía sobre los bienes que no hayan sido declarados y que se llegaren a descubrir, si es que existen, por ejemplo, cuentas en el exterior, como se ha dicho, o un bien de cualquier naturaleza que no haya sido relacionado, lo cual "genera automáticamente un proceso de extinción de dominio".
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