Corte falló a favor en tutela de Peñalosa por revocatoria

Vie, 10/08/2018 - 06:09
La Corte Suprema de Justicia falló a favor de una tutela presentada por el alcalde Enrique Peñalosa en contra del proceso de revocatoria que se surte desde el año 2017 en su contra. El alto tribuna
La Corte Suprema de Justicia falló a favor de una tutela presentada por el alcalde Enrique Peñalosa en contra del proceso de revocatoria que se surte desde el año 2017 en su contra. El alto tribunal ordenó defender el derecho a elegir y ser elegido del actual mandatario local. El principal argumento de Peñalosa es que la Registraduría Nacional inscribió unos comités promotores de la revocatoria cuando estos no habían demostrado un incumplimiento de su Administración, lo cual es requisito necesario por ley. Además, dijo el alcalde que el Consejo Nacional Electoral no cumplió el trámite para verificar el cumplimiento de los topes de financiamiento de las campañas pro revocatoria. Sobre el segundo argumento de Peñalosa la Corte no encontró motivos para fallar, dado que el que debe regular es el Congreso de la República por medio de leyes. Sin embargo, sí encontró que la Registraduría incumplió el proceso porque "la revocatoria del mandato debe estar fundada en la exposición de razones objetivas, que den cuenta del incumplimiento del plan del gobierno o la acreditación de la insatisfacción general de la ciudadanía". [single-related post_id="923562"] La Corte determinó que antes de citar a los comicios para la revocatoria del mandato, se debe hacer valer el derecho a la información y la defensa. Por lo tanto, los comités promotores deben dar a conocer sus motivos para convocarla y, asimismo, el alcalde tendrá tiempo para revertir las razones que exponga la contraparte, como cumplimiento del debido proceso. Esta fue la protección que ejerció la Corte Suprema de Justicia en la decisión de la tutela presentada por el Alcalde Peñalosa, que él y la ciudadanía tengan la oportunidad de conocer las razones que sustentan convocar la revocatoria. Y un derecho a la defensa. "A futuro, estas instancias de conocimiento y controversia de las razones que sustentan las iniciativas de revocatoria del mandato, deberán llevarse a cabo con posterioridad a su inscripción y antes de que inicie el proceso de recolección de apoyos. Con todo, teniendo en cuenta que en este trámite las referidas etapas ya se surtieron, las audiencias se realizarán de manera previa a la convocatoria a votación", señaló la Corte.
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