¿Cuánto puede tardar la discusión del salario mínimo?

Vie, 06/12/2019 - 08:24
Este jueves, 05 de diciembre, se abrió oficialmente la discusión entre empresarios y trabajadores para llegar a un acuerdo sobre el aumento del salario mínimo del 2020. 

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Este jueves, 05 de diciembre, se abrió oficialmente la discusión entre empresarios y trabajadores para llegar a un acuerdo sobre el aumento del salario mínimo del 2020.  El Gobierno Nacional, que juega bajo el rol de mediador con la representación de la ministra de Trabajo Alicia Arango, anunció la instalación de la mesa que tendrá que sortear las voces que lleguen desde los grupos sociales que están liderando o acompañando el paro nacional.  “Quiero que hagamos de esta negociación un tema cordial, entendiendo la posición de todas las partes. Debemos trabajar para llegar a un punto de encuentro donde las expectativas sean razonables, teniendo en cuenta la situación actual del país y todos los factores que se deben medir al momento de decidir el salario mínimo”, señaló Arango. [single-related post_id="1223028"] Pero cuáles son los plazos y qué pasaría de no haber un acuerdo en estas importantes negociaciones.  Según informó la jefe de la cartera, la primera fecha límite de discusión o vencimiento legal para la concertación del salario mínimo 2020 es el 15 de diciembre.  Esto según la Ley 278 de 1996 que además esclarece que en caso de no haber un acuerdo durante estos días, "la parte o partes que no estén de acuerdo deben, obligatoriamente, explicar por escrito las razones de la salvedad dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes". La ley es clara en determinar que la comisión debe volver a instalarse para buscar el consenso según los elementos de juicio que se hubieren allegado antes del 30 de diciembre. Pero en caso tal que la discusión no dé muestras de un acuerdo, la fijación del salario mínimo con requerimiento de urgencia deberá ser una decisión del Gobierno Nacional a través de un decreto. "El gobierno lo determinará teniendo en cuenta como parámetros la meta de inflación del siguiente año fijada por la Junta del Banco de la República y la productividad acordada por el comité tripartito de productividad que coordina el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; además, la contribución de los salarios al ingreso nacional, el incremento del producto interno bruto (PIB) y el índice de precios al consumidor (IPC)", se define en la ley.  Cabe recordar que el salario mínimo mensual en Colombia está en $828.116, lo que indica que por día se obtiene $27.604 y por hora $3.450.
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