Sancionan a Alpina por ofrecer Regeneris como yogur

Jue, 09/01/2014 - 09:13
La Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), sancionó en primera instancia a ALPINA PRODUCTOS ALIMENTICIOS S.A. (ALPINA) con una
La Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), sancionó en primera instancia a ALPINA PRODUCTOS ALIMENTICIOS S.A. (ALPINA) con una multa de $884’250.000 por la violación del Estatuto del Consumidor que obliga a proveedores y productores suministrar a los consumidores información veraz y suficiente. El organismo estableció que Alpina, en algunas de las piezas publicitarias que acompañaron la campaña de “lanzamiento de la nueva imagen del producto”, le siguió atribuyendo expresamente a Regeneris la denominación de yogur cuando en realidad y para ese específico momento, el producto había dejado de ser un yogur o un alimento lácteo a base de yogur para convertirse en alimento lácteo fermentado. Contra la sanción de primera instancia, proceden los recursos de reposición y de apelación ante la misma Superintendencia de Industria y Comercio. [youtube width="500" height="347"]http://youtu.be/fLCjQFAuSK4[/youtube] Este fue el comercial  de televisión utilizado en 2011 que indicaba: “Alpina presenta: así se debe mover mi intestino. REGENERIS de ALPINA es un yogur con cultivo regeneris más fibra que me puede ayudar cuando me siento pesada y además me hace sentir renovada. Lo recomiendan ALPINA y la Sociedad Colombiana de Gastroenterología.” La respuesta de Alpina Ante la sanción impuesta por la SIC, la productora de alimentos y derivados lácteos informó que a los largo de sus 69 años de historia "ha entregado" a los consumidores alimentos con información clara sobre sus componentes y beneficios manteniéndose dentro del marco de la ley colombiana y con los más altos estándares internacionales. "El contenido de la decisión, en primera instancia, está siendo evaluado por  la empresa para la interposición, dentro del término procesal, de los recursos de ley a que tiene derecho con sus debidas sustentaciones, porque Alpina, siempre cumplidora de la normatividad legal y de las decisiones de las autoridades competentes, estima que cuenta con suficiente evidencia probatoria que le permitirá  acreditar que le asiste la razón y que por lo tanto no habría lugar a la imposición de la referida medida", dice el comunicado oficial.
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