Suspenden por diez meses a gobernador de San Andrés

Lun, 23/04/2018 - 17:42
Ya la Procuraduría General de la Nación había suspendido por tres meses al gobernador de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, Ronald Housni Jaller, este lunes, el ente declaró que no serán
Ya la Procuraduría General de la Nación había suspendido por tres meses al gobernador de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, Ronald Housni Jaller, este lunes, el ente declaró que no serán tres, sino diez el tiempo que estará sin ejercer su función. Esto por haber presentado ante la Cámara de Comercio un convenio para la celebración del Green Moon Festival, sin que se contara con lo necesario para llevar a cabo el contrato. En fallo de primera instancia, el Ministerio Público encontró que el gobernador no siguió lo estipulado en términos legales, o sea, el principio de legalidad y responsabilidad de la contratación estatal y de la función administrativa, al suscribir el Convenio 016 de 2016 por 1.500 millones de pesos con la Cámara de Comercio de San Andrés. [single-related post_id="862369"] Adicionalmente, estableció que tampoco contaba con el personal necesario para la coordinación del festival y no tenía la logística necesaria para un evento de esta envergadura, por lo que debió acudir a la subcontratación de los instrumentos, memorias fílmicas y manuscritas, agencia de viajes, publicidad y escenario donde se realizó el festival. Concluyó el Ministerio Público que Housni Jaller actuó con culpa grave, toda vez que si hubiese sido diligente al revisar el convenio habría podido determinar que la Cámara de Comercio, pese a ser la titular de la marca Green Moon Festival, no estaba en capacidad de conseguir lo acordado. “(…) Los convenios de asociación previstos en el artículo 355 de la Constitución Política de Colombia, no pueden ser utilizados por las administraciones públicas como instrumentos o herramientas para la transferencia de recursos, a una entidad sin ánimo de lucro, para que ésta los administre y se comporte como un outsourcing, contratando a terceras personas, quienes son las que real y materialmente terminan ejecutando el convenio”, manifestó la Procuraduría. También se precisó que no desconoce que las entidades territoriales tienen el deber de apoyar y fomentar la cultura, y reconoce el valor del evento para resaltar las tradiciones caribeñas a través de actividades académicas, gastronómicas, religiosas, deportivas, cinematográficas y musicales. Sin embargo, recordó que la función administrativa debe atacar las reglas y el manejo de los recursos públicos en materia de contratación debe guiarse por las normas previstas para ese propósito. [single-related post_id="862284"] Esta decisión de primera instancia fue apelada en audiencia pública por parte del apoderado del disciplinado y será resuelta por la Sala Disciplinaria de la Entidad.
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