La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), aplicó la garantía de no extradición a Seuxis Paucias Hernández, más conocido como Jesús Santrich, porque las pruebas no permiten evaluar la conducta
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), aplicó la garantía de no extradición a Seuxis Paucias Hernández, más conocido como Jesús Santrich, porque las pruebas no permiten evaluar la conducta ni establecer la fecha precisa de su participación en dichos actos.
Debido a la orden que emitió el tribunal de paz se ordenó a la Fiscalía General de la Nación que debe dar libertad inmediata del exjefe guerrillero de la antigua guerrilla de las Farc.
En este sentido, la Jurisdicción Especial no cuenta con los documentos necesarios para definir la suerte de Santrich, quien fue capturado el pasado 9 de abril de 2018 en su apartamento acusado de haber enviado, al parecer, más de 10 toneladas de cocaína a Estados Unidos.
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Los hechos habrían ocurrido, según la Fiscalía, durante los meses de junio de 2017 a abril de 2018. Lo que indicaría que el delito se cometió después de la firma de los acuerdos de paz y por tanto la competencia sería de la Justicia Ordinaria.
Pero la JEP, encargada de definir tal fecha, no recibió las pruebas para determinar si el delito es continuado o no, lo que determina si Santrich debe o no ser extraditado.
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El exlíder guerrillero no pudo posesionarse en la Cámara de Representantes a causa de la captura. Así mismo, ha calificado de montaje judicial el proceso que se sigue en su contra y ha apelado siempre a su inocencia.