Presidente Duque decretó Estado de Emergencia en Colombia

Mar, 17/03/2020 - 14:50
El mandatario hizo el anuncio por la crisis que podría desatar el coronavirus.

El presidente Iván Duque decretó este martes 17 de marzo el Estado de Emergencia en Colombia debido a la crisis por cuenta de la expansión del coronavirus (Covid-19) y las consecuencias que ha traído en los distintos sectores del país.

El mandatario anunció que para los adultos mayores de 70 años se determinó el aislamiento preventivo obligatorio. La medida entrará a regir a partir del viernes 20 de marzo desde las 7:00 de la mañana hasta el 31 de mayo. 

"Hoy, quienes corren el mayor riesgo son nuestros abuelos, los colombianos que han dado su vida por sus familias", señaló. 

Duque explicó que habrá excepciones para ellos únicamente en casos de abastecimiento, "de bienes de consumo y de primera necesidad, utilizar servicios de salud, adquirir medicamentos y acceder a servicios financieros".

Además, dio instrucciones a las entidades encargadas en que estas personas reciban sus pensiones, subsidios o canasta alimenticia durante el periodo de emergencia. 

"He dado instrucciones all Ministerio de Salud para que los servicios puedan llegar a sus hogares", puntualizó.

¿Qué es un Estado de Emergencia?

El Estado de Emergencia faculta al Gobierno Nacional dictar decretos con fuerza de ley, llamados 'decretos legislativos', relacionados exclusivamente a evitar una crisis extrema e impedir la extensión de sus efectos.

Esta medida está consagrada en La Constitución Nacional como uno de los momentos de excepción para tiempos de crisis a través de una legislación especial y temporal.

Los estados excepcionales son los de Guerra Exterior, Conmoción Interior y Estado de  Emergencia.

En diálogo con Kienyke.com el exministro del Interior, Juan Fernando Cristo, explicó que estos mecanismos extraordinarios se decretan cuando se presentan circunstancias de orden público o precisamente de crisis económicas y sociales.

“La Constitución señala que el presidente de la República puede acudir a dos clases de estados de Excepción: el primero es Estado de conmoción interior cuando hay circunstancias de orden público, de violencia, amenazas sobre la seguridad nacional”, manifestó Cristo.

Añadió que el Estado de Emergencia económica y social se decreta cuando el presidente con la firma de todos los ministros, “cuando hayan circunstancias de calamidad social o económica que el Gobierno no puede enfrentar por los mecanismos ordinarios y que por la emergencia, o el tiempo requerido tampoco es viable hacer trámites por el Congreso de la República”.

"El gobierno expide un decreto y con base en ese decreto puede expedir muchas normas que ayuden a enfrentar esa circunstancia", asegura.

De acuerdo al exministro, la corte Constitucional ha fijado unos parámetros para poder decretar esa emergencia económica como “que sea un hecho nuevo, que genere un impacto muy fuerte en la comunidad ya sea desde el punto de vista económico o social”.

Concluyó: “las circunstancias actuales están dadas todas las condiciones para que el Gobierno así lo determine”.

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