¿Cuándo vence el plazo para pagar la cuota del predial?

La tercera cuota del impuesto predial está próxima a vencerse y dar paso al cuarto y último pago.
Créditos:
Archivo particular

Este año, la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá habilitó la opción de pagar el impuesto predial en cuatro cuotas distintas esparcidas alrededor de un periodo de casi seis meses.

Faltando tres meses para que se acabe el año, solo quedan dos cuotas pendientes por pagar para aquellos que hayan decidido hacer la declaración de sus inmuebles de esta forma. En este sentido, el pago de la tercera cuota no podrá pasar del próximo viernes 6 de octubre. Si se incumplen los plazos preestablecidos para esta medida, la multa correspondiente sería de 1.5% de aumento al mes.

Cabe resaltar que este impuesto es el que se debe pagar dependiendo de la cantidad de propiedades que se posean. “Es el impuesto que recae sobre la propiedad inmueble y se genera por la existencia del predio. Su base gravable depende del avalúo catastral. Es una renta endógena, de propiedad de los municipios y distritos, quienes tienen a su cargo su administración, recaudo y control”, explica la Secretaría de Hacienda.

Después de que se pague esta cuota, la próxima fecha límite será el primero de diciembre de este año. Luego de esto, se deberá volver a esperar hasta junio del 2024 para tener que volver a cumplir con esta responsabilidad fiscal.

¿Cómo pagar esta cuota?

Al igual que las anteriores dos cuotas, la que vence el seis de octubre deberá ser pagada por medio de un cupón que se obtiene por medio de la oficina virtual de la Secretaría de Hacienda.

Para acceder a este sitio, se debe entrar a la página oficial de la entidad y dirigirse a la parte superior derecha dónde se encuentra el botón que dice Oficina Virtual. Es importante tener en cuenta que esta opción se rige bajo un horario específico que comienza a las 7 de la mañana y termina a las 4:30 de la tarde.

Una vez se entre a este lugar se debe seguir la siguiente ruta estipulada por la entidad para obtener el bono: Consultas/Obligaciones pendientes/Cupones/Imprimir cupones. Es importante tener en cuenta que esto solo servirá para las personas que declararon el impuesto, desde un principio, teniendo en mente realizar los pagos de esta manera.

Las anteriores fechas de pago para este impuesto fueron el nueve de junio y el cuatro de agosto de este mismo año.

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