Decretan pico y placa ambiental en Bogotá por calidad de aire

Vie, 06/03/2020 - 07:31
La medida se toma de carácter preventivo y temporal mientras mejoran las condiciones de calidad del aire en la ciudad.

Las altas concentraciones de material particulado durante las últimas horas en Bogotá, ocasionadas principalmente por los incendios y altas temperaturas en los Llanos Orientales, Cundinamarca, la Orinoquía y Venezuela, y los vientos que traen ese material particulado, obligaron a la Administración distrital a declarar la alerta amarilla en toda la ciudad. 

La medida preventiva se toma luego de observar que durante las últimas 48 horas las estaciones de Carvajal – Sevillana, Kennedy, Fontibón y Móvil Carrera Séptima han mostrado niveles de concentración de material particulado PM 2.5 superiores a 35,4 microgramos/metro cúbico, contaminante con mayor potencial para afectar la salud de las personas. 

Las altas temperaturas de las últimas semanas en los Llanos Orientales, el incremento de incendios forestales en la región y vientos que provienen del noreste, que han arrastrado el material particulado hacia la ciudad, han sido los factores determinantes para las altas concentraciones de material particulado en la atmósfera de la ciudad. Asimismo, la presencia de nubes sin lluvia ha limitado la dispersión vertical de los contaminantes en la atmósfera. A estos fenómenos se suman las emisiones propias que genera una ciudad como Bogotá.

Restricción a operación de industrias

Las industrias que operan fuentes fijas con combustibles sólidos y líquidos no podrán operar desde las 00:01 a.m. hasta las 11:59 a.m. durante el tiempo que dure la alerta.

La Secretaría de Ambiente invita a todos los ciudadanos a moverse de manera inteligente y sostenible como en bicicleta, transporte público, y si es necesario utilizar el vehículo particular, compartirlo. 
 

Restricción de movilidad

La restricción de pico y placa este 7 y 8 de Marzo de 2020 aplicará para vehículos particulares y motos. El día sábado, la restricción aplicará desde las 6:30 de la mañana hasta las 6:00 de la tarde. Mientras que el domingo regirá desde las 6:30 de la mañana hasta las 2:00 de la tarde.

A partir del lunes 9 de marzo, entre semana, el pico y placa irá de 6:00 de la mañana a 7:30 de la noche. Los taxis no entrarán en esta restricción.

Esta medida provisional se mantendrá mientras lo dicten las autoridades. Es la segunda vez en el año que se decreta una emergencia ambiental de este tipo. La primera tuvo una duración de 11 días y afectó solo un sector de la ciudad.

Vehículos de transporte de carga mayores a 10 años

De lunes a viernes: En los periodos comprendidos desde las 6:00 y hasta las 12:00 horas del mediodía y desde las 17:00 hasta las 22:00 horas.

Los fines de semana tendrán restricción los sábados, domingos y festivos: Desde las 05:00 hasta las 21:00 horas, rotativo de acuerdo con el último dígito de la placa par o impar del vehículo.

Vehículos exentos de pico y placa

  1. Los vehículos eléctricos y los de cero emisiones
  2. Caravana presidencial
  3. Vehículos de servicio diplomático o consular
  4. Carrozas fúnebres
  5. Vehículos de organismos de seguridad del Estado
  6. Vehículos automotores y motos de emergencia 
  7. Vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de Discapacidad
  8. Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios
  9. Vehículos automotores y motos destinados al control del tráfico y grúas
  10. Vehículos de control de emisiones y vertimientos
  11. Vehículos y motocicletas Militares, de Policía Nacional y de Organismos de Seguridad del Estado
  12. Motocicletas de vigilancia y seguridad privada autorizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada
  13. Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección a ciudadanos que tengan medidas de protección
  14. Vehículos de transporte escolar
  15. Vehículos de valores, los de alimentos perecederos, animales vivos, flores y gases medicinales
  16. Las motocicletas utilizadas por:
  17. Las empresas que prestan servicio domiciliario 
  18. Las que prestan servicio de correspondencia
  19. Las que prestan servicio a las empresas de telecomunicaciones de redes fijas o inalámbricas 
  20. Las que prestan servicio a las empresas de Televisión 
  21. Los medios de comunicación con su debida identificación
  22. Los camiones cisterna de transporte de combustible, que se encuentren cargados o vacíos
  23. Vehículos de medios de comunicación
  24. Vehículos de autoridades judiciales
  25. Vehículos de transporte de materiales y maquinaria para obras públicas
  26. Empresas de transporte de carga que se encuentren vinculadas al Programa de Autorregulación Ambiental

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