Hoy se estrena el protocolo para el manejo de protestas

Mié, 21/10/2020 - 08:46
Este miércoles 21 de octubre las marchas se regirán bajo el protocolo que expidió el Ministerio del Interior con apoyo de la Alcaldía de Bogotá y otras entidades.

En cumplimiento con la orden proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el Ministerio del Interior expidió el protocolo que a corto plazo incluye las medidas más urgentes que garantizan el derecho de los ciudadanos a manifestarse públicamente. 

Este protocolo se estrenará en las manifestaciones de este 21 de octubre en Bogotá y otras ciudades que se movilizarán en el marco del Paro Nacional convocado por distintas agremiaciones del país.

Mediante la Resolución 1139 de 2020, se resolvió que el distrito y municipio donde se vaya a realizar una marcha tendrá que activar un Puesto de Mando Unificado - PMU, en el que, podrán estar de manera permanente representantes de las siguientes entidades: Alcaldía, Policía Nacional, Fiscalía General de la Nación, Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo y  Bomberos.

La Alcaldía deberá conformar previamente a la manifestación pública un Grupo Élite que se encargue de coordinar con los líderes de los manifestantes el cómo y por dónde se llevara a cabo la misma de tal manera que se tenga claridad que no se pondrá en peligro el derecho a la vida e integridad de los manifestantes y de los demás ciudadanos.

 

Además se deben implementar controles al consumo de bebidas embriagantes en vía pública y porte de armas previa coordinación con las autoridades correspondientes.

También se debe disponer de los centros de traslado por protección o en su defecto disponer inmuebles de paso a los que puedan ser conducidas las personas que en el marco de la manifestación se encuentren en alto estado de indefensión o exaltación que pongan en riesgo la vida de los demás o la suya propia.

Cuando en el marco de la manifestación pública, se desprendan hechos violentos que alteren el orden público y la convivencia, poniendo en riesgo la vida e integridad, así como la propiedad privada y la libertad económica, la actuación de la Policía Nacional se realizará con la observancia plena de los principios de necesidad, gradualidad, proporcionalidad y racionalidad en el marco del mandato constitucional, legal y reglamentario.

La Policía deberá adelantar las acciones necesarias para la recolección de información tendiente a la identificación de amenazas, infiltraciones, riesgos y alteraciones del orden público que puedan afectar el ejercicio democrático de la manifestación pública, aunado a los demás derechos de quienes participan en ella, como criterio para la toma de decisiones de las autoridades competentes.

 

Los organizadores de la manifestación pública, deberán propender por un desarrollo armónico entre el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de sus deberes, teniendo como marco general la corresponsabilidad y la solidaridad social.

Los manifestantes no podrán portar armas contundentes, químicas o incendiarias que puedan afectar su integridad, a los demás manifestantes, las autoridades y personas que no participan en la manifestación.

Finalmente, deberán adoptar las medidas de bioseguridad necesarias para brindar la protección a las personas que intervengan en las manifestaciones, procurando conservar lo dispuesto por las autoridades sanitarias.

La Alcaldía de Bogotá a través de su Secretaría Jurídica reveló que se aparta en dos puntos contemplados en el protocolo de protestas de la resolución 1139  de 2020 presentado por el Gobierno Nacional.

Con relación al primer punto la Secretaría Jurídica Distrital señaló a través de su cuenta en Twitter qué no se requiere el otorgamiento de permisos para manifestaciones públicas debido a que el eventual aviso es potestativo y tiene carácter meramente informativo.

Asimismo el punto que ordena crear un grupo de élite para coordinar con los líderes de los manifestantes el cómo y por donde se llevará a cabo la movilización. La Alcaldía señala que el alcance la resolución 1190 de 2018 en cuanto a las instancias de coordinación como son el Puesto de Mando Unificado  PMU y las mesas de seguimiento, son más amplios y garantistas que el grupo élite propuesto en la resolución 1139 de 2020.

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