La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) impartió nuevas instrucciones a las entidades vigiladas para aliviar la situación económica de las personas y empresas afectadas por el terremoto del pasado 10 de agosto de 2026.
Las medidas están contenidas en la Circular Externa 007 del 26 de agosto de 2026 y buscan mitigar el impacto que el desastre ha tenido sobre la capacidad de pago de los consumidores financieros.
Entre las disposiciones se encuentran la refinanciación de obligaciones, posibles periodos de gracia, condiciones especiales para nuevos créditos y la suspensión temporal de reportes negativos ante centrales de información.
¿Cómo funcionará la refinanciación de créditos?
Uno de los principales alivios está dirigido a quienes tenían créditos antes del terremoto y vieron afectada su capacidad para cumplir con las cuotas.
Las entidades financieras deberán contar con programas que permitan refinanciar las obligaciones vigentes, ampliar los plazos y ajustar las condiciones de pago, sin que las nuevas condiciones resulten más gravosas para el deudor.
Según las disposiciones conocidas de la circular, la medida aplica a obligaciones adquiridas antes del 10 de agosto de 2026 y cuyos pagos tengan vencimiento posterior a esa fecha. El nuevo plazo no podrá superar el doble del tiempo que quedaba pendiente para pagar el crédito ni exceder los 20 años.
Además, entre la declaratoria del desastre y el momento en que se concrete la refinanciación no se generarían intereses de mora. El proceso deberá completarse en un plazo máximo de 90 días.
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Periodos de gracia y suspensión de intereses
Las entidades también podrán establecer alivios adicionales, dependiendo de la situación particular de cada persona. Entre las opciones contempladas están los periodos de gracia, tasas especiales, esquemas diferentes de amortización, ampliación de plazos y la posibilidad de condonar o suspender intereses y cobros prejurídicos.
Estos beneficios adicionales no son necesariamente automáticos para todos los afectados. Las entidades deberán evaluar las condiciones y capacidad de pago de cada consumidor.
Asimismo, bancos y demás establecimientos podrán ofrecer nuevos créditos en condiciones especiales a personas naturales y empresas afectadas, teniendo en cuenta su capacidad actual y sus perspectivas de recuperación económica.
Protección crediticia, seguros y acceso a recursos
Los afectados que accedan a la refinanciación podrán mantener la calificación crediticia que tenían al momento del desastre y evitar reportes negativos hasta por 12 meses después de formalizar el acuerdo; terminado ese plazo, las entidades volverán a evaluar las obligaciones según el riesgo y el cumplimiento.
Además, las aseguradoras deberán agilizar las reclamaciones e indemnizaciones, facilitar el pago de primas, realizar una tasación expedita de los siniestros y habilitar canales de atención prioritaria.
Por su parte, los fondos de pensiones y cesantías y el Fondo Nacional del Ahorro deberán facilitar el retiro de cesantías destinadas a vivienda para los damnificados, mientras que fiduciarias y comisionistas evaluarán alternativas para agilizar la redención de recursos en determinados fondos de inversión colectiva.
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¿Hasta cuándo estarán vigentes los alivios?
Las instrucciones de la Circular Externa 007 son transitorias y excepcionales. Estarán vigentes durante el término de la situación de desastre nacional declarada mediante el Decreto 1171 del 11 de agosto de 2026.
Sin embargo, el fin de la vigencia de la circular no eliminará los periodos de gracia, plazos u otros beneficios que ya hayan sido acordados entre los consumidores y las entidades financieras.
La Superfinanciera también ordenó que las entidades divulguen de manera clara los requisitos, condiciones, duración y alcance de estos programas, y dispongan canales para atender solicitudes, consultas y reclamaciones de los afectados.
Desde el 13 de agosto, además, la entidad había recordado a las instituciones vigiladas la obligación de aplicar el mecanismo de “Quejas Exprés” para dar atención oportuna a los consumidores financieros afectados por el terremoto.
