El llamado de atención de la Corte Constitucional a Rappi

Lun, 19/02/2024 - 19:55
El alto tribunal defendió a un "rapitendero", el cual reclamaba que había sido bloqueado de la plataforma y no podía ejercer su trabajo.
Créditos:
EFE

La Corte Constitucional se pronunció sobre el caso de un "rapitendero", el cual reclamaba que había sido bloqueado de la plataforma tecnológica sin ninguna explicación, el ciudadano elevó la queja ante instancias jurídicas el cual fue negada en primera y segunda instancia.

"La Sala Cuarta de Revisión amparó los derechos al debido proceso y de petición de un ciudadano vinculado a Rappi S.A.S. a través de la modalidad de Rapitendero Autorizado. El accionante invocó el amparo luego de que la empresa bloqueó su usuario y le impidió acceder a los servicios de la plataforma tecnológica", dice al inicio del comunicado.

"El ciudadano explicó que, como era habitual, intentó ingresar a la plataforma, pero no tuvo éxito en su registro, por lo que elevó una petición a Rappi S.A.S. para que le informaran sobre el bloqueo de su cuenta. La entidad le respondió que había infringido, en varias ocasiones, las políticas de desactivaciones de la comunidad Soy Rappi", argumenta el escrito.

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La Corte argumentó que para este caso, "la empresa ejerce un poder normativo y está en la obligación de respetar el derecho al debido proceso de quien puede verse afectado por el ejercicio de tal decisión", agregando que "la Corte encontró que Rappi S.A.S. transgredió los derechos a la defensa, a la contradicción y a la imparcialidad al inhabilitar la cuenta del usuario".

Finalmente, el alto tribunal advirtió: "la Sala revocó los fallos de instancia y le ordenó a la empresa que rehiciera el procedimiento de imposición de la consecuencia negativa prevista en los términos y condiciones de uso de la aplicación Soy Rappi, con el fin de que se respeten los contenidos básicos del derecho al debido proceso", a lo que finalmente sentenció:

"la Sala previno a la empresa para que, en lo sucesivo, se abstenga de incurrir en prácticas lesivas de los derechos de petición y debido proceso de los repartidores independientes de la aplicación Soy Rappi".

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