Definida la fecha para vacunación contra covid-19 en Colombia

Jue, 07/01/2021 - 09:00
La segunda semana de febrero será la fecha en la que el Gobierno Nacional inicie formalmente con la vacunación en el territorio nacional.
Créditos:
EFE/EPA/CHRISTOPHE ARCHAMBAULT

El Gobierno Nacional sigue adelantando detalles sobre el Plan de Vacunación contra covid-19 en Colombia, según el ministro de salud Fernando Ruíz, las primeras dosis serán aplicadas en la segunda semana del mes de febrero.

El jefe de la cartera de salud manifestó recientemente, “el país tomó la decisión de hacer una aproximación que se llama de portafolio. No comprar un único tipo de vacuna, sino comprar diferentes tipos. Probablemente la vacuna de Pfizer se concentrará en las ciudades donde tengamos mayor capacidad de ultracongelación, ya se está trabajando para tener 44 ultracongeladores disponibles en Colombia”.

Las primeras dosis de la vacuna serán las desarrolladas por las farmacéuticas Pfizer y BioNTech, así mismo, Ruíz aseguró que se está trabajando fuertemente con las alcaldías y gobernaciones para que los planes de vacunación sean altamente efectivos, mitigando un rebrote del virus.

Enero es el mes de alistamiento y preparación de los territorios, para consolidar un sistema de información que permita registrar claramente cuáles son las personas que han sido vacunadas y hacer trazabilidad del proceso, especialmente porque se tienen segundas dosis de la vacuna, y así medir la eficacia”, indicó Fernando Ruíz.

Invima aprueba uso de vacuna Pfizer contra covid-19 en Colombia

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), informa que, luego de un trabajo articulado con la empresa Pfizer y bajo los lineamientos del Gobierno Nacional, se otorgó a través de la Resolución 2021000183 de 5 de enero de 2021, la primera Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia (ASUE), a la vacuna contra COVID-19 desarrollada por la mencionada compañía farmacéutica.

“Los colombianos pueden tener la tranquilidad de que esta decisión se basa en información soportada en los resultados existentes sobre el comportamiento de este medicamento biológico para combatir el virus Sars-CoV-2, que garantizan su seguridad y eficacia” explicó Julio César Aldana Bula, director general del Invima.

La autorización se da en tiempo récord de 2 días hábiles, haciendo uso de la figura de los diálogos tempranos y luego de que la Sala Especializada de Moléculas Nuevas, Nuevas Indicaciones y Medicamentos Biológicos de la Comisión Revisora de la entidad evaluara la documentación allegada el pasado 31 de diciembre de 2020 contenida en 23 mil folios.

“La sala reconoce que en el momento actual el mundo y Colombia atraviesan por la pandemia causada por el virus SARS-COV-2 causante del COVID - 19, lo cual ha generado alta morbimortalidad en personas vulnerables, afectación del desarrollo social y económico del país. Así mismo, considera que se requieren medidas para controlar la pandemia, una de ellas, la aprobación acelerada y condicionada de medicamentos que en fases tempranas de investigación sugieren fuertemente un balance riesgo beneficio favorable, en este contexto se realizó la evaluación de la vacuna PFIZERBIONTECH COVID-19 VACCINE.”, manifiesta el documento donde se otora la autorización para el uso de la vacuna.

La indicación autorizada para la vacuna en mención, es la inmunización activa para prevenir la enfermedad del coronavirus 2019 (COVID-19) causada por el coronavirus de tipo 2, causante del síndrome respiratorio agudo severo (SARS-CoV-2) en personas de 16 años de edad y mayores.

Las condiciones de venta de este medicamento biológico serán de fórmula médica, y que se deben garantizar las condiciones de almacenamiento entre -80 °C y -60 °C por 6 meses, o entre 2 °C y 8 °C por un máximo de 5 días. Su promoción y publicidad se encuentran prohibidas, al igual que la existencia de muestras médicas o de obsequios del medicamento

Por otra parte, menciona el documento que, la Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia, es distinta al registro sanitario, al ser una autorización temporal y condicionada que permite el uso de medicamentos biológicos o de síntesis química que aún no cuentan con toda la información requerida para la obtención de un registro sanitario y que cumplan con los requisitos mínimos de calidad, seguridad y eficacia exigidos en los términos del Decreto 1787 de 29 de diciembre de 2020.

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