Decreto 636: los parámetros para que municipios sin Covid-19 se reactiven

Jue, 07/05/2020 - 09:03
El nuevo decreto del Gobierno que extiende la cuarentena, también estipula la reapertura económica de municipios ‘no covid’ a partir del 11 de mayo.

En el decreto 636 con el que el Gobierno Nacional extiende las medidas frente al aislamiento preventivo obligatorio en todo el territorio colombiano, pero además dispone que los municipios que no tienen casos de coronavirus puede solicitar la reapertura económica a partir del 11 de mayo. 

"Un municipio ‘no covid’ es aquél territorio donde no se han presentado casos, o en un periodo determinado por el Ministerio de Salud no haya tenido una afectación", explicó el Ministerio de Salud. 

Según el nuevo decreto los alcaldes de municipios sin afectación del coronavirus podrán solicitar al Ministerio del Interior el levantamiento de la medida de aislamiento preventivo obligatorio en su territorio.

 

"El Ministerio de Salud y Protección Social deberá haber certificado la condición de municipio sin afectación del Coronavirus COVID-19. Verificado que se trata de un municipio sin afectación del Coronavirus COVID-19, el Ministerio del Interior podrá autorizar el levantamiento de la medida de aislamiento preventivo obligatorio", señala el Artículo 4 de dicho decreto.

Si bien los municipios que reciban la autorización puede activar sectores de la economía, habrán actividades que seguirán con restricción. En ningún caso se podrán habilitar los siguientes espacios o actividades presenciales:

  1. Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas.
  2. Los establecimientos y locales comerciales de esparcimiento y diversión, de baile, ocio y entretenimiento y de juegos de azar y apuestas tales como casinos, bingos y terminales de juego de video.
  3. Los establecimientos y locales gastronómicos permanecerán cerrados y solo podrán ofrecer sus productos a través de comercio electrónico, por entrega a domicilio o por entrega para llevar.
  4. Gimnasios, piscinas, canchas deportivas, polideportivos, parques de atracciones mecánicas y parques infantiles.
  5. La práctica deportiva y ejercicio grupal en parques públicos y áreas de recreación, deportes de contacto o que se practiquen en conjunto.

La medida que empezará a aplicarse a partir del próximo 11 de mayo también dispone una normativa en caso en el que un municipio después de su reapertura tenga casos positivos de coronavirus. 

“Si se llegara a presentar un caso se envía la notificación y se volvería a la situación y las condiciones en las que opera el resto del país. Considerando también que podría haber casos excepcionales en los que Minsalud, debido a un grado de afectación muy grande, pudiera recomendar medida relevantes”, aclaró Fernado Ruiz, jefe de la cartera de Salud.

Otro aspecto importante para los alcaldes y frente a los cuales deberán emitir directrices es controlar el ingreso a las plazas de mercado, que usualmente es un lugar de aglomeración así como incentivar el uso de bicicletas y motocicletas que implican menor aglomeración.

“Toda la ciudadanía de estos municipios debe cuidarse y en la medida que seamos disciplinados podemos mantener la posibilidad de un mayor goce de la actividad en los territorios”, indicó el ministro de Salud.

 

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