Argentina impedirá el ingreso de extranjeros por mensajes de odio

Javier Milei modificó la ley para impedir el ingreso o expulsar a extranjeros por mensajes de odio contra Argentina.
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EFE

El presidente de Argentina, Javier Milei, modificó por decreto la legislación migratoria para impedir el ingreso o cancelar la residencia de extranjeros que difundan mensajes de odio contra los argentinos, inciten a la violencia o participen en actos contra los símbolos nacionales.

La medida, publicada este jueves 30 de julio en el Boletín Oficial, comenzará a regir el viernes 31 y podrá afectar tanto a quienes intenten entrar al país como a los ciudadanos extranjeros que ya residan en territorio argentino.

¿Qué conductas contempla el decreto?

El Decreto de Necesidad y Urgencia 681/2026 incorpora como causa de inadmisión haber difundido mensajes de odio de manera oral o escrita contra el pueblo argentino en su conjunto o contra una persona debido a su nacionalidad.

La restricción también comprende la incitación a la violencia, la participación en actos de ultraje contra los símbolos patrios y la promoción de esas conductas.

Para los extranjeros que ya viven en Argentina, la norma permite cancelar la residencia y ordenar que abandonen el país dentro de un plazo determinado. Las autoridades también podrán disponer la expulsión, después de considerar las circunstancias personales y los hechos atribuidos al afectado.

El decreto aclara que no podrán ser sancionadas bajo estas disposiciones las expresiones de disenso ideológico ni las críticas políticas, académicas o ciudadanas protegidas por la Constitución argentina.

La justificación del Gobierno argentino

El Ejecutivo afirmó que aumentaron los mensajes de odio, hostilidad y menosprecio dirigidos contra los argentinos, su cultura y su identidad nacional. Sin embargo, el documento no menciona publicaciones, personas o episodios específicos que hayan originado la reforma.

La modificación fue adoptada mediante un decreto de necesidad y urgencia, una herramienta que permite al Ejecutivo dictar normas con fuerza de ley. El texto deberá ser evaluado por la Comisión Bicameral Permanente del Congreso argentino, que dispone de diez días hábiles para pronunciarse y remitir su dictamen a las dos cámaras legislativas.

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