De los servicios públicos domiciliarios

Lun, 01/12/2014 - 11:48
Cifras aportadas por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios -órgano de vigilancia y control-, en los distintos municipios de la Costa Caribe y del res

Cifras aportadas por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios -órgano de vigilancia y control-, en los distintos municipios de la Costa Caribe y del resto del país, los usuarios tienden a estar más involucrados en constantes litigios con las empresas prestadoras precisamente por el desconocimiento absoluto de la normatividad. Son constantes las controversias de orden público que se suscitan, sea por el servicio de energía, gas y agua potable, generando cortes repentinos y daños en los artefactos eléctricos y sumándole las facturas con cobros exorbitantes e indebidos, cambios de medidores, créditos, cargos fijos y todo aquello que se desprende del contrato de prestación de servicios públicos.

Al mes llega la factura sin contratiempos, otras veces no por la escusa de la ESP que la envió, sea por inconvenientes con su sistema o por habérsele expirado el contrato de outsourcing a la mensajería que los entrega. Dicha situación no exime al prestador del servicio entregar oportunamente la información necesaria en documento que contiene un mínimo de requisitos que determinan la valoración de los consumos actuales y de otros períodos, su forma y lugar de pago.

En infinidades de oportunidades, la facturación no es acorde al servicio prestado y al servicio consumido. Ahí es donde entra el usuario -primer paso- a desvirtuar lo facturado por la ESP. Si su consumo promedio esta en 8 a 10 cc mes –no siempre se consumen 8 cc-, como rango aproximado mínimo, y pasa de 8 a 15, empiece a preocuparse por ahorrar o por revisar sus equipos y la existencia de fugas en sus redes. La empresa está en la obligación de entregarle una factura provisional mientras hace las averiguaciones que generaron la desviación significativa.

Su reclamo empieza con un simple escrito -derecho de petición-, para mayor seguridad jurídica y términos en su defensa. Exponga todas las inquietudes, los consumos reales con comparativos de otros meses, solicite las revisiones a su medidor, a sus redes y tuberías. En las visitas no debe olvidarse el asesoramiento de técnicos de confianza, por cuanto ayudan como elemento de prueba y confrontación con lo establecido por la ESP. Los predios desocupados y arrendados deben ser denunciados ante el operador, evitando responsabilidades a los propietarios.

La empresa tiene 15 días hábiles para responderle, donde le informarán las medidas a tomar frente a su reclamo.  En ese acto es importante verificar si se conceden los recursos de ley: se le conceden los recursos de reposición y en subsidio apelación ante la empresa en primera instancia y el de apelación en segunda instancia ante la D.T…”. Si se conceden o no, interpóngalos dentro de los cinco (5) días siguientes a su recibo como oposición a la decisión, en un mismo oficio de forma conjunta. Jamás los separe: "recurso de reposición y en subsidio apelación ante la Dirección Territorial..". Si no lo hace, pierde la posibilidad de que la empresa solo conozca del recurso de reposición y no remita el de apelación a la delegada de la Superservicios por no haberlo invocado en debida forma.

@JorgePerezSolan

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