Ricardo Felipe Herrera Carrillo

Abogado, especialista en régimen del Distrito Capital de Bogotá y magister en derecho administrativo de la Universidad Externado de Colombia. Experiencia de 11 años como servidor público y 23 años como profesional independiente con área de práctica en servicios públicos, derecho ambiental y régimen de contratación estatal.

Ricardo Felipe Herrera Carrillo

El "imaginario colectivo" es real

La investigación en contra del alcalde de Medellín se funda en el hecho de que el mandatario se hallaba presuntamente interviniendo en política a partir de la comunicación de un conjunto de mensajes con los que al parecer ha generado la convicción en el “imaginario colectivo” de su decidido apoyo e inequívoca promoción de Gustavo Petro.

Daniel Quintero en la entrevista dada a Gustavo Gómez de Caracol Radio, ha sido categórico para cuestionar a la Procuraduría por hacer referencia al concepto de “imaginario colectivo” en el curso de la investigación que viene adelantando en su contra; razón por la que, surge preguntarse si ese concepto corresponde a una invención del Ministerio Público para dar el “Golpe de Estado” que denuncia Quintero, o corresponde a un concepto que tiene una debida y seria connotación sociológica y/o jurídica.

El “imaginario colectivo” conforme a la literatura consultada corresponde a un concepto propio de las ciencias sociales, acuñado a comienzos de la década de los años sesenta, por parte del filósofo y sociólogo francés Edgar Morin. Consiste en un “conjunto de mitos y símbolos que, en cada momento, funcionan efectivamente como “mente” social colectiva”, y resulta alimentada “de una forma cuasi-religiosa, por los medios de comunicación; y se identifica en los productos de consumo y las personalidades mediáticas (líderes famosos)”.

La referencia a dicho concepto entonces no parece corresponder a una arbitrariedad de la Procuraduría. Se trata a un real y eficaz concepto de las ciencias sociales que da cuenta de la existencia de sectores de la sociedad que son sujetos y/o destinatarios de mensajes asertivos y mediáticos de diversas características claramente sugestivos e impactantes, que terminan identificando casi religiosamente a esa colectividad específica frente a alguien o a algo (negativa o positivamente, según se busque).

La misma Corte Constitucional ha utilizado el concepto de “imaginario colectivo” para pronunciarse en sede de tutela. Un ejemplo, se observa en la sentencia T-077/16 cuando al resolver sobre la defensa y protección de los derechos de la población LGBTI, señala que los miembros de dicha población “no pueden vivir tranquilamente en una sociedad cargada de prejuicios, imaginarios colectivos y visuales homofóbicos que hacen que se perpetúe la discriminación” (énfasis mío). Otro, se advierte en la sentencia T-342/20, cuando al dar protección del derecho a la honra y al buen nombre en redes sociales de una Brigada Militar, señala que “con ocasión de la divulgación reiterada y ligera de información parcializada y no veraz sobre la supuesta comisión de conductas contrarias al ordenamiento jurídico, surgen imaginarios colectivos sobre responsabilidad de individuos o instituciones que no encuentran respaldo en decisiones ejecutoriadas (justicia paralela)” (énfasis mío)

Los métodos de la comunicación han evolucionado notoria y notablemente gracias a los avances tecnológicos y a la inmediatez que hoy los caracteriza, donde las imágenes, los símbolos y demás formas del leguaje juegan un papel aún más significativo y eficaz que el de las propias palabras. También es cierto que esa evolución ha generado un auditorio social significativamente menos hostil a ser influenciado de manera superficial y, preocupantemente, menos exigente a la hora de corroborar la veracidad de las informaciones que recibe y que, sin analizar mínimamente su contenido, replica de manera autómata en las redes sociales.

Imágenes, videos, símbolos, gestos, etc., conjugados reiterativa, estratégica y mediáticamente constituyen indiscutiblemente un “lenguaje” muy eficaz para procurar en la “mente social colectiva” una firme convicción sobre algo o alguien, sea esta veraz o no. Algunos ejemplos de mensajes que han marcado el “imaginario colectivo”: “Álvaro Uribe es paramilitar y asesino”, “Samper y Serpa son los determinadores del magnicidio de Álvaro Gómez”, “La mermelada es corrupción”, “Quienes votaron por el NO en el plebiscito por los acuerdos para la paz son patrocinadores de la Guerra”, “Sergio Fajardo es tibio y escurridizo”, “A Fajardo lo quemamos, sigue Fico” y “Ahora los huevos vienen de Alemania y a un costo bien elevado”.

Como comunicador el alcalde Daniel Quintero es notoriamente aventajado y muy eficaz. Por ello, no es descabellado considerar que la conjunción de varios de sus mensajes (el video de “cambio en primera”, su largo listado de mensajes en Twitter en sentido similar, las actitudes, conductas y gestos gubernamentales mediáticos que dejan entre ver la misma lectura, etc., etc.) pueden llegar a probar que el mandatario ha podido estar cabalgado -no tan sigilosamente como cree- en conductas de apoyo y promoción de la candidatura de Gustavo Petro y, con ello, de ser así, efectivamente en franca y flagrante contradicción de la Ley. Las autoridades competentes tienen la última palabra

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Ricardo Felipe Herrera Carrillo
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