¡Sin multas! Podrá pre-pagar su deuda en cooperativas, fondos de empleados y comercios

El fin de semana pasado el Congreso de la República le dio el visto bueno por unanimidad a nuestro proyecto de ley que permite el pago anticipado de créditos, sin ningún tipo de multa o sanción, en cooperativas, fondos de empleados, asociaciones mutuales, sociedades y establecimientos de comercio. Esta iniciativa beneficiará directamente a más de siete millones de afiliados al sector cooperativo y, además, a miles de colombianos que, por ejemplo, quieran pagan algún electrodoméstico o un tratamiento de ortodoncia a cuotas.

En el 2019, junto a toda la bancada del Partido Conservador, presentamos este proyecto que extiende los beneficios de otra ley de mi autoría: la ley 1555 de 2012 o ‘pago anticipado sin multas de créditos bancarios’, la cual en su momento favoreció a más de ocho millones de colombianos y hoy en día sigue siendo un alivio para el ciudadano que quiera abonar a capital con disminución de plazo o a capital con disminución del valor de la cuota, sin que esto le represente penalización alguna.

De esta manera, desde el año 2012, gracias a nuestra ley, todas las personas pueden prepagar de manera parcial o total sus créditos con las entidades financieras. La ley 1555/12 ha sido resaltada positivamente por la Anif ya que “propició la competencia bancaria a través de las compras de cartera, impulsando una reducción de las tasas de interés”. De igual forma, Asobancaria ha reconocido que “la intensa competencia que se vive en el sector ha motivado las compras de cartera por parte de las entidades, lo cual se ha convertido en otra opción viable para pagar la deuda en plazos más cortos o con menores tasas de interés, dependiendo de las condiciones que le ofrezcan al usuario”.

Esta ley, sin duda, ha sido una de las más importantes que hemos aprobado en el Congreso porque acabó con una práctica -para algunos hoy impensable- y es que en Colombia castigaban al ‘buena paga’. Si a usted, antes del 2012, le iba bien en su negocio y quería saldar su deuda con una entidad financiera era multado, cosa que hoy en día no ocurre -haciendo claridad que aplica para créditos iguales o inferiores a 880 salarios mínimos ($772’466.640).

Sin embargo, en aquel momento quedaron por fuera los créditos que otorga el sector solidario, entre cooperativas, fondos de empleados, asociaciones mutuales y sociedades. Por tanto, era necesario extender este beneficio del ‘pago anticipado sin sanción’ en una nueva ley que cobijara también a los colombianos que tengan productos crediticios en las entidades del sector cooperativo así como en los establecimientos de comercio.

Fue así como el año pasado presentamos el proyecto de ley dedicado exclusivamente a eliminar las multas en el pago anticipado de créditos en las entidades vigiladas por la Superintendencia de Economía Solidaria, así como en el sector cooperativo y establecimientos de comercio. Tras superar los dos debates en Senado y los dos debates en Cámara, fue aprobado con el apoyo de todos los partidos políticos. El sábado pasado fue aprobada la conciliación y, de esta manera, sólo le resta la sanción presidencial.

Con esta futura ley cobijamos a todas las personas que nos habían quedado por fuera en la ley 1555 de 2012 y, además, tal como ocurrió hace ocho años, permitirá que los colombianos se puedan cambiar de entidad a aquella que le ofrezca una menor tasa de interés, incentivando la competencia y brindando mejores opciones al usuario.

En Colombia, las cooperativas están presentes a lo largo y ancho del territorio nacional. Según María Eugenia Pérez, directora ejecutiva de la Asociación Colombiana de Cooperativas (Ascoop), en el país hay más de 7 millones de afiliados y, con su grupo familiar, suman más de 21 millones los ciudadanos que tienen una relación directa o indirecta con alguna cooperativa. A su vez, Miller García, presidente de la Asociación Nacional de Fondos de Empleados (Analfe) señala que en existen 1.600 fondos de empleados que asocian 1’087.000 colombianos.

Igualmente, todos los consumidores de productos crediticios en comercios -que ofrezcan servicios de financiación directa para la adquisición de bienes o prestación de servicios- tendrán derecho a efectuar pagos anticipados en cualquier momento sin incurrir en ningún tipo de penalización. Así las cosas, si usted quiere comprar algún electrodoméstico como una nevera o una lavadora a cuotas, podrá -en el momento que lo desee- hacer pagos totales o parciales sin que lo multen.

También, las entidades estarán obligadas a brindar al usuario información transparente y oportuna en el momento previo al otorgamiento del crédito sobre la posibilidad de realizar pagos anticipados de su obligación. Los deudores tendrán derecho a decidir si el pago parcial que realizará lo abonará a capital con disminución de plazo o a capital con disminución del valor de la cuota de la obligación.

Para terminar, me siento muy orgulloso del trabajo de mi equipo en el periodo legislativo 2019-2020. Además de esta iniciativa que pronto entrará en vigor, aprobamos nuestro proyecto de borrón y cuenta nueva en las centrales de riesgo que pasó a revisión de la Corte Constitucional y luego a sanción presidencial. Adicionalmente, aprobamos la ley de paquete de servicios bancarios gratuitos, vigente desde enero de este año y otra ley de inversión en educación superior pública de la Universidad de Córdoba. Todo el balance de esta legislatura lo haré en la siguiente columna.

En nuestro paso por el Congreso, hemos aprobado en total doce leyes de la República y con las dos nuevas de este semestre (‘pago anticipado en cooperativas’ y ‘borrón y cuenta nueva’) los colombianos contaremos con ocho leyes que nos brindan mayores garantías y nos permiten hacerles frente a los abusos del sistema financiero.

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