Congreso limita funciones a JEP para temas de extradición

Mié, 30/05/2018 - 02:13
Las comisiones primeras del Senado y de la Cámara de Representantes de Colombia aprobaron el martes un artículo que impone limitaciones en temas de extradición a la Jurisdicción Especial de Paz (J
Las comisiones primeras del Senado y de la Cámara de Representantes de Colombia aprobaron el martes un artículo que impone limitaciones en temas de extradición a la Jurisdicción Especial de Paz (JEP), tribunal creado en el marco de los diálogos de paz para juzgar a actores del conflicto armado. "La sección de revisión (de la JEP) podrá decretar y practicar únicamente las pruebas que sean estrictamente necesarias y pertinentes para establecer la fecha de comisión de la conducta", indica uno de los artículos emitidos con el fin de fijar procedimientos a ese tribunal y que sus magistrados no se aboguen los suyos por derecho propio. De acuerdo con la norma, las únicas pruebas que podrá tener en cuenta la JEP serán aquellas que ayuden a establecer la fecha en la que se cometió el delito por el cual se da una extradición, pero no decidir si la extradición procede o no, lo cual es materia de la justicia ordinaria. [single-related post_id="881541"] En consecuencia, la JEP tampoco podrá juzgar a aquellos exguerrilleros que hayan sido solicitados en extradición, como hasta ahora parece ser el caso de Jesús Santrich, integrante del partido de izquierda FARC (Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común, surgida tras la desmovilización de la guerrilla). De hecho, ese partido había planteado varios cambios a la ley de procedimiento de la JEP para beneficiar a Santrich, pero las disposiciones tomadas este martes por las comisiones primeras conjuntas limitan esa posibilidad. La semana pasada el Gobierno pidió al Congreso que tramitara con urgencia las normas para la actuación de la JEP, luego de que el pasado 17 de mayo ese tribunal ordenó suspender de manera provisional la orden de extradición a Estados Unidos que pesa contra Santrich, con el fin de estudiar el tema. La JEP amparó la decisión en su propia normativa, lo que generó la reacción del Gobierno, la Fiscalía General y la Procuraduría, que sostienen que la JEP sólo tiene competencia para definir si Santrich cometió el delito de narcotráfico antes o después de la firma del Acuerdo Final de Paz, pero no para decidir sobre su extradición. [single-related post_id="881517"] Santrich, uno de los negociadores del acuerdo de paz en La Habana, fue detenido el pasado 9 de abril en Bogotá por agentes de la Fiscalía de Colombia en cumplimiento de una orden de captura internacional con fines de extradición, a solicitud del Departamento de Justicia de Estados Unidos . Desde ese día el exguerrillero comenzó una huelga de hambre que mantuvo hasta el pasado sábado, 19 de mayo, y por la cual fue internado en una clínica y en la casa religiosa en la que ahora permanece bajo fuertes medidas de seguridad. Santrich está acusado de un supuesto acuerdo para exportar diez toneladas de cocaína hacia Estados Unidos por unos 15 millones de dólares y que luego se venderían al detalle por hasta 300 millones de dólares en el mercado estadounidense, en hechos ocurridos desde junio de 2017 hasta el pasado mes de abril, es decir, después de la firma del Acuerdo de Paz, por lo que habría incumplido el mismo. [single-related post_id="881531"] Si la JEP determina que Santrich cometió el delito después de la firma de los acuerdos, su caso pasará a la justicia ordinaria, que podrá avalar su extradición a Estados Unidos . Santrich y el recién creado partido de izquierda FARC afirman que es víctima de un montaje conjunto entre el fiscal General de Colombia, Néstor Martínez, y el Gobierno de Estados Unidos para afectar la implementación del acuerdo de paz y llevar a los líderes de la antigua guerrilla ante los tribunales estadounidenses. Las disposiciones tomadas este martes por el Congreso aún dependen de dos debates finales en las plenarias de Senado y Cámara, en los cuales se espera aprobar los procedimientos para la JEP antes del 20 de junio, cuando concluyen las sesiones ordinarias.
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