Corte estudiará demanda contra la Ley Tic

La Ley 1978 del 2019, mejor conocida como 'Ley Tic', que busca modernizar el sector de las tecnologías y las comunicaciones en el país, fue aprobada el pasado 4 de junio por el Congreso de la Repúb
La Ley 1978 del 2019, mejor conocida como 'Ley Tic', que busca modernizar el sector de las tecnologías y las comunicaciones en el país, fue aprobada el pasado 4 de junio por el Congreso de la República y ya se enfrenta a un estudio de demanda por parte de la Corte Constitucional. El gobierno de Iván Duque recientemente sufrió la caída de su Ley de Financiamiento por parte del alto tribunal, luego de que encontrara vicios de forma en su trámite en el Congreso. Y precisamente la 'Ley Tic' será analizada por el mismo motivo, pues fue admitida una demanda sustentada en que la manera en la que se tramitó ante el legislativo no fue la apropiada. [single-related post_id="1198655"] En el auto, se afirma que la Corte recibió numerosas demandas sobre esta ley, entre ellas una que pide declarar inconstitucional ciertos artículos, pero finalmente se decidió por admitir una que acusaba la "violación de la reserva estatutaria", puesto que incidiría sobre los derechos fundamentales de los ciudadanos. Según Cristina Pardo Schlesinger, magistrada que estudiará la demanda, es cierto que el proyecto debió presentarse ante el Congreso como una ley estatutaria "con arreglo a los previsto en el artículo 152 de la Constitución", y no como una ley ordinaria. Frente a las otras demandas que buscaban declarar ilegal algunos artículos, que según los demandantes le daba un "control absoluto" al Gobierno Nacional en la Comisión de Regulación de Comunicaciones y en la asignación de las frecuencias de televisión, la magistrada no acogió esos señalamientos, por lo que rechazó esos cargos. "No resulta certero afirmar que tales artículos le reconozcan una facultad al Ejecutivo que vaya en desmedro de la objetividad, del pluralismo informativo y/o del balance de los poderes públicos. Para el despacho, los referidos cargos no se fundan en argumentos que refieran a situaciones fácticas sino en especulaciones fundadas en presunciones sin sustento objetivo", advierte el auto firmado por la magistrada Pardo.
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