El empleador debe garantizar que el empleado doméstico goce de los mismo derechos laborales que cualquier otro tipo de trabajador, por eso, si usted corresponde al primer grupo debe ponerse al día con el pago de salarios y afiliaciones a salud de quienes le prestan servicios del hogar para no recibir millonarias multas de sanción, que ascienden a los 300 millones de pesos.
La Ley 1788 de julio del 2016 contempla empleados domésticos a trabajadoras y trabajadores domésticos, niñeras, mayordomos de fincas y en general toda persona que realice tareas de servicio en el hogar, y establece que tienen derecho a las mismas condiciones laborales que cualquier otro trabajador colombiano.
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El Ministerio de Trabajo reiteró un vehemente llamado a los empleadores de trabajadores del hogar: deben cumplir obligatoriamente con los aportes a salud, pensión, caja de compensación y ARL de estos trabajadores, al igual que otros deberes inherentes a un empleador. El no cumplimiento de estas obligaciones, resaltó la cartera laboral, puede derivar en multas que llegan a los 400 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), una cifra que equivale aproximadamente a 331 millones de pesos.
“Para asegurar el pago de las prestaciones establecidas por ley, un empleador debe destinar como mínimo 1 millón 348 mil 821 pesos mensuales”, reveló Salua García Fakih, cofundadora de la aplicación web y móvil para la gestión de empleados del hogar Symplifica.
También es importante resaltar que el salario mensual de un empleado no puede ser inferior al salario mínimo, que para 2019 es de $828.116 pesos, exceptuando si trabaja por días, cuyo salario por jornada no puede ser menor al mínimo diario, de 27.604 pesos.
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“Por ejemplo, para enero de 2018, tan solo 14% de los empleadores realizaron los pagos de prestaciones sociales a esta clase de trabajadores en el país. En muchas ocasiones la complejidad del sistema y el desconocimiento de cómo hacerlo fueron las causas que llevaron a las personas a no hacer las cosas como indica la ley; por eso les ayudamos en ese proceso para que cumplir sea rápido y muy fácil, damos una asesoría muy completa e invitamos a todas las personas a hacer las cosas bien con sus empleados de casa que en la mayoría son mujeres”, aclaró García.
Los derechos del trabajador:
- Estar afiliado a un fondo de cesantías, recibir prima y vacaciones remuneradas.
- Contar con ARL (administradora de riesgos laborales) para protegerse en caso de un accidente en el lugar de trabajo.
- Recibir auxilio de transporte. Esto aplica para aquellos trabajadores que devengan menos de 2 salarios mínimos legales vigentes (SMMLV).
- Tres veces al año, se le debe entregar ropa de dotación, concerniente a prendas de labor y calzado que facilite su labor. Este mes de abril hay que realizarlo.
- Llevar un registro claro de los pagos mensuales. Lo ideal es consignar en una cuenta bancaria y no dar el dinero en efectivo.
- Calcular los valores por cuenta de adelantos, bonificaciones o incapacidades y permisos para realizar los pagos o liquidación.
- Ser afiliado a una caja de compensación familiar.