¿Por qué Sayco cobra derechos de autor cuando el artista canta?

Sáb, 16/02/2019 - 04:04
El pasado miércoles la entidad cuyo objeto principal es la recaudación y distribución de los derechos patrimoniales de autor, Sayco Acinpro, junto a la Dirección Nacional de Derechos de Autor (DND
El pasado miércoles la entidad cuyo objeto principal es la recaudación y distribución de los derechos patrimoniales de autor, Sayco Acinpro, junto a la Dirección Nacional de Derechos de Autor (DNDA) emitió un comunicado donde imponía una medida cautelar al evento del Jamming Festival, afirmando que este concierto no se llevaría a cabo debido a que los organizadores del evento no habían realizado el pago respectivo por los derechos de autor de los artistas que asistirán al evento. A este evento asistirán las siguientes bandas: “Todos tus Muertos”, “Third World”, “The Skatalites”, “Protoje”, “Ras Jahonnan”, “Panteon Rococo”, “Molotov”, “Method Man and Redman”, “Matisyahu”, “Lil Silvio y El vega”, “Inner Circle”, “Hey Swagga soundsystem”, “Dread”, “Mar I”, “Donkirap”, “Dj Dever”, “Cypress Hill”, “Chronixx”, “Café Tacuba”, “Alborosie”, entre otros. [single-related post_id="1036265"] No obstante, muchas personas se preguntan por qué este tipo de festivales deben pagar derechos de autor cuando el propio artista es quién está interpretando la canción. Es por eso que KienyKe.com habló con Juan Camilo Villa, abogado especialista en Derechos de Autor, quien explicó por qué estas entidades deben cobrar este tipo de derechos.

¿Qué es Sayco - Acinpro?

Sayco es una sociedad de gestión colectiva de Derechos de Autor sin ánimo de lucro, cuyo objeto principal es la recaudación y distribución de los derechos patrimoniales de autor, en virtud del simple acto de afiliación y de los contratos de representación recíproca suscritos con sus Sociedades hermanas, generados por la Comunicación Pública y/o Reproducción de las obras musicales, literarias, teatrales, audiovisuales, de bellas artes, fotográficas y de arte aplicado, de titularidad de sus mandantes Nacionales y Extranjeros. Por otro lado está Acinpro, entidad encargada de gestionar y distribuir los derechos derivados de la comunicación pública de la música fonograbada, que corresponden a los artistas intérpretes, ejecutantes y productores de fonogramas asociados a la entidad.

¿Bajo que reglamentos se encuentra Sayco - Acinpro?

La ley número 23 del 28 de enero de 1982 habla sobre el derecho que tienen los autores de obras literarias, científicas y artísticas gozarán de protección para sus obras en la forma prescrita por la presente ley y, en cuanto fuere compatible con ella, por el derecho común. También protege esta ley a los intérpretes o ejecutantes, a los productores de fonogramas y a los organismos de radiodifusión, en sus derechos conexos a los del autor. Además, establece la existencia de entidades de gestión colectivas, entidades vigiladas por la dirección nacional de derechos de autor, oficina que depende del ministerio del interior. Para leer completamente la ley 23 sobre Derechos de Autor haga click aquí.

¿Cómo son los pagos que reciben los artistas?

Como se mencionaba anteriormente, la función principal de Sayco - Acinpro es recaudar dineros producto de la emisión y comunicación pública, posteriormente lo reparte a los autores. Sin embargo, antes de comenzar a recibir ingresos por derechos de autor un artista, compositor o intérprete se debe inscribir en estas entidades de gestión junto con las listas de todas las canciones que suenan a nivel nacional. Una vez hecho esto, puedan comenzar a generar dichos recaudos o pensiones. Hace unos años, se presentó una situación en la que algunos artistas no estaban recibiendo dichos recaudos. Por ende, decidieron iniciar acciones legales pero algunos expertos afirmaron que estas personas estaban tratando de hacer un escándalo para que Sayco - Acinpro perdiera legitimidad. No obstante, lograron demostrar la administración de los bienes de estos artistas y se coordinaron cada uno de sus pagos.

¿En qué se basa Sayco - Acinpro para que un establecimiento público deba pagar derechos de autor?

Dentro de las cuatro políticas principales de Sayco - Acinpro para cobrar el derecho patrimonial de un autor. Juan Camilo Villa explicó puntualmente el caso de los establecimientos públicos. Aquí se debe cobrar el derecho a la comunicación pública de las obras administradas por ellos.
"Si la música se pone en un establecimiento público desde Spotify, Youtube, Apple Music, desde cds o hasta en la radio, se debe reportar con unas planillas aquellas canciones que se reproduzcan en dicho establecimiento. Sin embargo, la mayoría no lleva este control por lo que Sayco decide cobrar un valor presuntivo" afirmó.

Si la emisora paga derechos, ¿por qué un establecimiento debe pagarlo?

Son dos leyes diferentes. En este caso, las emisoras deben pagar por la transmisión y distribución, en cambio los establecimientos por la comunicación pública de dichas obras. [single-related post_id="1036296"]

¿Por qué Sayco cobra derechos de autor al Jamming cuando el propio autor es el que se presenta?

Referente a este aspecto, se presentan dos casos, el primero es que Acinpro guarda la obra que es de interpretación por cada instrumento. Cuando la banda llega a Colombia puede que no use los mismos músicos y es por eso que se genera un cobro de derechos de autor. Para resumir, se debe pagar un valor a los autores y otro a los intérpretes. El segundo caso es que se llegue a un acuerdo de gestión individual con el artista y que el pago de estos derechos de autor se haga por medio de un tercero.
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