Si no hay acuerdo, este podría ser el salario mínimo 2020

Vie, 20/12/2019 - 10:59
Desde que se instaló la mesa de concertación para el aumento del salario mínimo para el 2020, el ambiente era de optimismo por la intención de negociación tanto de las centrales obreras c
Desde que se instaló la mesa de concertación para el aumento del salario mínimo para el 2020, el ambiente era de optimismo por la intención de negociación tanto de las centrales obreras como de empresarios, teniendo en cuenta que los sindicatos de trabajadores estaban liderando el paro nacional.  Sin embargo, cuando se revelaron las cartas de las propuestas para el aumento los empresarios se quedaron en un 4,5 % mientras que los trabajadores quieren el 8,11 %  con el fin de que el salario mínimo alcance el millón de pesos.  [single-related post_id="1228306"] “Hoy no se dio un acuerdo, las centrales insisten en quedarse en 1 millón de pesos y los empresarios no han encontrado la manera de llegar a negociar, pero han manifestado su intención y ganas de llegar al mejor acuerdo que se pueda. Nosotros como gobierno insistimos en que la concertación es la mejor manera de lograr las cosas”, concluyó la ministra de Trabajo, Alicia Arango, al finalizar la reunión de este 19 de diciembre.  Sin un acuerdo entre trabajadores y empleadores será el Gobierno Nacional, por medio de un decreto, el que define el aumento para el otro año.  Propuesta que ya dejó ver el Gobierno y que sería de un aumento del 5,2 %, para llegar a un mínimo de $972.048.  Si bien la ministra Arando enfatizó en que, “mientras no haya una concertación, cualquier número que se dé, estamos especulando, porque no hay nada seguro en la mesa aún. Estamos abiertos a todo y a todos. Somos 3 luchando para que sea lo mejor posible”. La ley es clara en determinar que la comisión debe volver a instalarse para buscar el consenso según los elementos de juicio que se hubieren allegado antes del 30 de diciembre. En caso tal que la discusión no dé muestras de un acuerdo, la fijación del salario mínimo con requerimiento de urgencia deberá ser una decisión del Gobierno Nacional a través de un decreto. “El gobierno lo determinará teniendo en cuenta como parámetros la meta de inflación del siguiente año fijada por la Junta del Banco de la República y la productividad acordada por el comité tripartito de productividad que coordina el Ministerio de Trabajo; además, la contribución de los salarios al ingreso nacional, el incremento del producto interno bruto (PIB) y el índice de precios al consumidor (IPC)”, se define en la ley. [polldaddy poll=10480927]
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