¿Jurisdicción Agraria acabará la propiedad privada? Gobierno desmiente mitos

Dom, 26/05/2024 - 20:00
El Ministerio de Justicia aclaró varios rumores que están rondando a esta iniciativa del Gobierno Nacional.
Créditos:
Presidencia de la República

El Gobierno Nacional ha salido al paso de las especulaciones y desinformaciones relacionadas con la Jurisdicción Agraria y Rural, una de las principales apuestas legislativas encaminadas a resolver los conflictos agrarios en Colombia. Esta iniciativa, incluida en la Constitución mediante el Acto Legislativo 03 de 2023, forma parte del compromiso del país con el Acuerdo de Paz de 2016.

La Jurisdicción Agraria y Rural está diseñada para abordar, de manera especializada y pacífica, las disputas sobre la tierra que afectan a los campesinos colombianos. Para su implementación efectiva, se requieren dos proyectos de ley: uno ordinario y otro estatutario, actualmente en diferentes etapas de debate en el Congreso.

La Ley Estatutaria, que establece la regulación procesal y el mecanismo de inclusión de esta jurisdicción en la judicatura, se encuentra a un solo debate de ser aprobada por la Cámara de Representantes. Esta ley también contempla el cambio de nombre de la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia a Sala de Casación Civil, Agraria y Rural.

Por otro lado, el Proyecto de Ley Ordinaria, radicado en noviembre de 2023, aún espera ser debatido en la Comisión Primera del Senado. Durante su trámite, los Ministerios de Justicia y del Derecho, y de Agricultura y Desarrollo Rural han atendido y resuelto diversas objeciones de múltiples sectores, logrando acuerdos significativos en las modificaciones propuestas.

Los mitos que hay sobre la Jurisdicción  Agraria

El Ministro de Justicia y del Derecho, Néstor Iván Osuna, desmintió varios mitos que han surgido en torno a estos proyectos de ley:

  • Propiedad Privada: Contrario a los rumores, la jurisdicción no pone en riesgo el derecho a la propiedad privada. Las leyes buscan proteger estos derechos y establecer procedimientos expeditos para resolver conflictos sin modificar las normas actuales de asignación de propiedad.
  • Invasión de Tierras: La iniciativa respeta la propiedad legítimamente adquirida y no promueve la invasión de tierras. Los jueces agrarios están encargados de resolver disputas de tierras, no de fomentar invasiones.
  • Poderes Judiciales: No se otorgan poderes excesivos a los jueces agrarios. Estos magistrados tendrán acceso a sistemas de información del Estado y podrán solicitar documentos necesarios, pero siempre dentro de los límites de la legislación vigente.
  • Práctica de Pruebas: Los jueces agrarios no fallarán sin pruebas. El proyecto incorpora la figura de sentencia anticipada, ya vigente en el Código General del Proceso, para acelerar los procesos judiciales sin prescindir de la práctica de pruebas.
  • Competencia Judicial: Los jueces agrarios no despojarán a otros jueces de sus procesos. Se encargarán exclusivamente de asuntos relacionados con predios rurales y actividades agrícolas, conforme al Acto Legislativo de la Jurisdicción Agraria y Rural.

El Ministro Osuna ha hecho un llamado a los congresistas para que adelanten los debates necesarios y consoliden esta jurisdicción, esencial para la paz y el desarrollo rural en Colombia. Además, reiteró su disposición para aclarar cualquier duda ciudadana sobre la reglamentación de esta importante iniciativa.

Con estas aclaraciones, el gobierno busca disipar temores y malentendidos, reafirmando su compromiso con una justicia agraria más justa y eficiente, en beneficio de todos los colombianos y, especialmente, del campesinado que durante tanto tiempo ha esperado una solución a sus problemas de tierras.

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