Objeciones JEP ya están en la Corte Constitucional

Mié, 08/05/2019 - 09:35
Este martes la secretaría de la Corte Constitucional recibió el documento de las objeciones a la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para La Paz (JEP), que fueron enviadas nuevamente por el
Este martes la secretaría de la Corte Constitucional recibió el documento de las objeciones a la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para La Paz (JEP), que fueron enviadas nuevamente por el Congreso de la República. El texto fue radicado por el presidente del Senado, Ernesto Macías, el cual se someterá nuevamente al estudio del alto tribunal. Este consta de 3.000 páginas que explican todo el procedimiento que tuvieron las objeciones en su paso por la Cámara de Representantes y el Senado. Hasta ahora, se desconoce si el caso será estudiado por el magistrado Antonio José Lizarazo, quien fuera el ponente de la Ley Estatutaria, o si será otro magistrado quien haga este proceso. El pasado 2 de mayo quedó manos del tribunal constitucional la decisión definitiva sobre las objeciones a la Ley Estatutaria de la JEP, que hizo el presidente Iván Duque, luego de que el Senado no determinara una votación mayoritaria.

¿Por qué decidirá la Corte?

En marzo de este año, el presidente Iván Duque informó al país que objetaba 6 de los 159 artículos de la Ley Estatutaria de la JEP. El jefe de Estado afirmó que estos artículos son inconvenientes para el país, en la medida en que conducirían a la impunidad o permitirían que se abuse de los beneficios contemplados en el Acuerdo Final. Ante la decisión presidencial, la Corte Constitucional, que ya había estudiado el texto, determinó que sería el Congreso de la República el encargado de definir el futuro de estas objeciones, con un plazo hasta diciembre para hacerlo.

El rechazo de la Cámara

La Cámara de Representantes votó rotundamente en contra de las objeciones, con 110 votos a favor y 44 en contra. Al aprobarse la ponencia negativa surgida del informe redactado por la subcomisión designada para estudiar las objeciones, y que propuso rechazarlas. Cuando el Senado se reunió para votar en favor o en contra de los reparos que realizó el presidente a la ley estatutaria de la JEP, no logró un consenso ni una votación mayoritaria sobre estas. Por lo tanto, se da por hecho que el trámite no tuvo efecto y la decisión del trámite, incluyendo si hubo o no votación, pasa a manos de la Corte Constitucional.
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