Andree Uribe se mantiene como Alcaldesa de Medellín

Jue, 16/06/2022 - 11:21
El Consejo de Estado desestimó la solicitud de Andrés Rodríguez de suspender provisionalmente a la alcaldesa encargada de Medellín

El Consejo de Estado negó la solicitud de suspender provisionalmente a Andree Uribe como Alcaldesa Encargada de Medellín. La tutela había sido interpuesta por el ciudadano Andrés Felipe Rodríguez Puerta.

El estamento accedió a estudiar la tutela interpuesta por Rodríguez, pero desestimó aplicar una medida provisional en contra del nombramiento de Uribe como alcaldesa de Medellín. Esto porque, supuestamente, su nombramiento afectaba sus derechos fundamentales al debido proceso y a la participación ciudadana.

“El Despacho considera que las circunstancias fácticas y jurídicas expuestas no generan la convicción inicial de que, mientras se resuelve de fondo la acción de tutela, pueda generarse una afectación de sus derechos fundamentales. De hecho, tampoco existe un principio de certeza acerca de la vulneración de los derechos cuya protección reclama la parte actora”, explicó la entidad en una respuesta oficial.

Vale la pena recordar que Andrés Felipe Rodríguez es reconocido por ser el principal promotor de la revocatoria de Daniel Quintero Calle desde su llegada a la Alcaldía de Medellín. También, en las últimas horas la senadora Paola Holguín y el representante a la Cámara Juan Espinal, ambos del partido Centro Democrático, presentaron una solicitud de recusación en contra de la alcaldesa encargada ante la Procuraduría Regional de Antioquia.

Por el momento, el Consejo de Estado dejó en claro que estudiará a fondo la demanda de tutela interpuesta por Rodríguez, pero esto no implica que deban suspender el acto de designación de la alcaldesa mientras la entidad emite un fallo al respecto.

“para determinar la violación de los derechos al debido proceso y la participación ciudadana de Andrés Felipe Rodríguez Puerta, será necesario un estudio de fondo, detallado e integral de la situación particular que se expuso de la solicitud de amparo, el cual se realizará en la sentencia, una vez que se cuente con elementos de juicio suficientes, eso sí, previa verificación del cumplimiento de los presupuestos procesales y los requisitos generales de procedencia exigidos por la jurisprudencia”, puntualizó el Consejo de Estado.

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