¿Hay multa por conducir sin tapabocas en Bogotá?

Vie, 17/07/2020 - 18:13
Varios ciudadanos se siguen preguntando si hay multa por conducir sin tapabocas. Aquí le contamos qué dice la norma.

La nueva cuarentena por localidades, anunciada por la alcaldesa Claudia López, establece tres grupos de localidades que volverán aislamiento estricto, y muchos ciudadanos consciente o inconscientemente podrán incurrir en faltas que son motivo de comparendos. ¿Hay multa por conducir sin tapabocas en Bogotá? 

Lina Guzmán, asesora de la Secretaría de Seguridad y Convivencia Ciudadana y líder del equipo de Código de Policía, señala que desde la entidad se implementa el código y además la actividad pedagógica de convivencia. “Se hace un trabajo interinstitucional con la Policía de Bogotá, con la Secretaría de Gobierno quienes son las entidades que aplican las medidas establecidas en el Código. Nosotros tenemos una labor muy importante que es mostrarle al ciudadano cuál es la mejor manera de llevar a cabo las tareas que tiene pendientes una vez le sea expedido un comparendo”, aseguró.

¿A qué tipo de comparendos te puedes enfrentar si eres infractor?

Cualquier falta contraria a las medidas del decreto 169 de julio de 2020, puede terminar en sanciones económicas contempladas en Código de Policía. Para evitar esas sanciones te contamos cuáles comportamientos más comunes que pueden ser objeto de comparendos:

 

- No usar tapabocas: Según el decreto este comportamiento puede acarrear una sanción tipo 4, que puede costar $936.320. 

Si las autoridades lo ven sin usar tapabocas así esté dentro de su vehículo estaría incurriendo en esta falta y podría ser sancionado. 

¿Se puede apelar el comparendo impuesto por la Policía?

Los comparendos impuestos por las autoridades son apelables siempre y cuando se reconozca la actuación. Para ello puedes dirigirte a la página lico.scj.gov.co y descargar el recibo para hacer el pago. Si cancelas dentro de los 5 días siguientes a la fecha en que fue impuesto el comparendo, tendrás un descuento del 50 por ciento.

 

A través del Registro Nacional de Medidas Correctivas de la Policía Nacional https://srvcnpc.policia.gov.co/PSC/frm_cnp_consulta.aspx podrás identificar el tipo de multa.

Si el comparendo es por primera vez y la multa señalada es tipo 1 ó 2 según el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, podrás realizar una actividad pedagógica, la cual se debe agendar enviando un mensaje al WhatsApp 310 710 0882 o en el siguiente link https://bit.ly/3gbKTQh de la Secretaría de Seguridad. El inspector posteriormente decidirá si exceptúa el pago.

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