Apertura responsable del Decreto 990 se pone en marcha

Jue, 16/07/2020 - 11:24
Hoy comenzó la apertura de municipios sin afectación o de baja afectación por coronavirus que bajo el Decreto 990 podrán reactivar su economía.
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A partir de las cero horas de este 16 de julio entraron en vigor las medidas de apertura responsable establecidas en el Decreto 990 de 2020 para municipios sin afectación y de baja afectación por covid-19, así como la solicitud de los planes piloto para algunas actividades en municipios con moderada y alta afectación.

“El Decreto 990 de 2020 establece 44 excepciones para la circulación en el país que estarán vigentes desde el 16 de julio hasta el 1° de agosto de 2020”, expresó la ministra Alicia Arango.

La jefe de la cartera política indicó que “se mantiene el proceso para la apertura gradual responsable de sectores económicos, es decir, los municipios sin afectación o de baja afectación del coronavirus podrán solicitar al Ministerio del Interior el levantamiento de la medida de Aislamiento Preventivo Obligatorio en su territorio, previo concepto del Ministerio de Salud”.

 

Cabe aclarar que, estos municipios no podrán habilitar espacios para eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.

“Tampoco podrán habilitar establecimientos y locales comerciales, de esparcimiento y diversión, bares, discotecas, de baile, ocio y entretenimiento, billares, de juegos de azar y apuestas, tales como casinos, bingos y terminales de juego de video”, aclaró.

Los establecimientos y locales gastronómicos permanecerán cerrados y solo podrán ofrecer sus productos a través de comercio electrónico. Las piscinas, spa, sauna, turco, balnearios, parques de atracciones mecánicas y parques infantiles, cines y teatros, también mantendrán sus cierres.

La práctica deportiva y ejercicio grupal en parques públicos y áreas de recreación, deportes de contacto o que se practiquen en conjunto permanece prohibida.

Los servicios religiosos que impliquen aglomeraciones tampoco podrán reactivarse, salvo que por parte del Ministerio del Interior se otorgue el permiso, esto evaluando que se cumpla en todo momento con los protocolos emitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social para el desarrollo de esta actividad.

Los municipios con moderada y alta afectación tendrá que solicitar la implementación de planes piloto ante las alcaldías locales y el Ministerio de Salud. 

La Ministra Alicia Arango reiteró que “las excepciones que se consideren necesarias adicionar por parte de los gobernadores y alcaldes deben ser previamente informadas y coordinadas con el Ministerio del Interior. Así mismo, y como lo establece el parágrafo 7 del artículo 3 del Decreto 990 de 2020, los alcaldes con la debida autorización del Ministerio del Interior podrán suspender las actividades o casos establecidos en artículo en mención”.

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