Booking, Airbnb, entre otros, serán regulados y deberán pagar parafiscales

Lun, 17/01/2022 - 17:22
El Ministerio de Comercio informó este lunes las nuevas disposiciones para las plataformas digitales de turismo que funcionan en Colombia.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, comunicó las nuevas disposiciones con el Decreto 1836 de 2021, en el cual se establecen nuevas medidas relacionadas con el  Registro Nacional de Turismo (RNT) y las obligaciones de los operadores de plataformas de servicios turísticos en el país.

Este lunes 17 de enero, la Ministra de Comercio Maria Ximena Lombana publicó las disposiciones que empezarán a regir para los sitios turísticos que brindan servicios por medio de plataformas virtuales.

De esta manera, el decreto establece que todas las aplicaciones que se dedican a esa actividad económica deberán tener el RNT. Los prestadores de servicio deben hacer el trámite para expedir el documento ante las cámaras de comercio, lo que es totalmente gratuito y la inscripción se puede hacer digital, con esto, según la disposición, se buscará que se reglamente la formalización en los servicios turísticos.

El decreto aplicará para el sector del turismo que se dedica a prestar servicios de hospedaje no permanente y para los sitios con viviendas turísticas, es decir, a quienes son propietarios de apartamentos, casas y hostales que utilicen las plataformas como Booking y Airbnb para prestar los servicios de alojamiento.

La nueva disposición hará que los trámites sean simplificados para que las cámaras de comercio actúen en cinco días. También, se fusionarán trámites de reactivación y renovación para los casos en que la inscripción haya sido suspendida. 

El decreto actualizó la lista de prestadores de servicios turísticos para incluir nuevas categorías como parques de turismo, parques de agroturismo y plataformas digitales de servicios de turismo. 

Así mismo, se reglamenta el pago de la contribución parafiscal por parte de los prestadores digitales de servicios turísticos, con lo que las plataformas tendrán que pagar una tarifa del 2,5 pesos por cada 1.000 pesos de los ingresos operacionales derivados de la comisión, remuneración o tarifa de uso que obtenga por los servicios ofrecidos.

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