
La tenencia de mascotas dentro de conjuntos residenciales representa un reto constante para la convivencia entre vecinos. En particular, los gatos, por su naturaleza independiente, suelen generar situaciones que requieren regulación por parte de las autoridades y las normas de convivencia ciudadana.
En Colombia, la Ley 1801 de 2016, conocida como el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (CNSCC), establece una serie de disposiciones legales para garantizar el bienestar de los animales domésticos y, al mismo tiempo, preservar la armonía en los espacios comunes.
Uno de los puntos clave del CNSCC es la responsabilidad que deben asumir los propietarios de mascotas. Según el artículo 116, está prohibida la circulación libre y no controlada de animales en zonas públicas. Aquellos que infrinjan esta norma deberán participar en actividades pedagógicas o programas comunitarios que promuevan la convivencia.
Adicionalmente, la ley sanciona con multas tipo tres —superiores a los $300.000— a quienes fomenten apuestas o comercialización de animales, así como cualquier conducta que afecte su bienestar.
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En cuanto a la permanencia de mascotas en espacios comunes, el artículo 117 señala que está permitida, siempre y cuando se respeten las normas internas de cada conjunto residencial. En el caso de los perros, es obligatorio el uso de correas o bozales, especialmente si pertenecen a razas potencialmente peligrosas.
El artículo 118 introduce una normativa específica para los gatos: estos deben ser transportados en maletines o con collares especiales cuando se encuentren en vías públicas o lugares abiertos. Esta medida busca evitar que se extravíen o interfieran con la tranquilidad de otros residentes.
Las autoridades recuerdan que el incumplimiento de estas disposiciones puede acarrear sanciones económicas de hasta $189.800, y hacen un llamado a la conciencia ciudadana para que el amor por los animales no se convierta en un motivo de conflicto dentro de la comunidad.