Kienyke.com rechaza artículo de Proyecto de Ley Anticorrupción

Mar, 07/12/2021 - 14:45
Kienyke.com se une a la petición que busca eliminar el recién aprobado artículo del Proyecto de Ley Anticorrupción, que atentaría contra la libertad de expresión.

La Casa Editorial de Contenidos Digitales K y todo el equipo de KienyKe.com, en cabeza de su presidenta Adriana Bernal, rechaza de manera tajante la aprobación del artículo 68 del Proyecto de Ley Anticorrupción, ya que se considera que este tiene consecuencias antidemocráticas, limita la libertad de expresión y hasta llega a ser contrario al fin principal del Proyecto de Ley.

El pasado 6 de diciembre, a altas horas de la noche, la plenaria de la Cámara de Representantes aprobó con modificaciones el mencionado proyecto de ley, junto con un nuevo articulado que había sido incluido para la ponencia de segundo debate, liderada por el representante César Augusto Lorduy, que contempla sanciones pecuniarias y carcelarias para quienes injurien o calumnien a funcionarios y exfuncionarios públicos. 

El texto finalmente aprobado en Cámara, que podría añadirse al Código Penal, fue: “Artículo 221A: Cuando profiera injuria y calumnia en contra de un servidor público o ex servidor público, sea representante legal o miembro de cualquier organización comunitaria y la utilice para cometer el delito, el juez de control y garantías o el juez de conocimiento, según el caso, previa solicitud del fiscal o la víctima, ordenará a la autoridad competente que, previo cumplimiento de los requisitos legales establecidos para ello, proceda a la suspensión o cancelación de la personería jurídica de la organización comunitaria a la que pertenece, en los mismos términos del artículo 91 de la ley 906 de 2004”. 

Entretanto, la plenaria del Senado, en segundo debate, aprobó el artículo 65 que contempla: “El que mediante injuria o calumnia pretenda atacar u obstruir las funciones constitucionales y legales de algún servidor público, denunciando hechos falsos sobre él o su familia, incurrirán en prisión de sesenta (60) a ciento veinte (120) meses y multa de trece punto treinta y tres (13.33) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes, sin que sea procedente algún beneficio o subrogado penal”. 

Sumado a ello, quedó establecida la misma consecuencia contra la personería jurídica de las organizaciones sociales que incurran en esta falta y se sumó que “los miembros de las mismas no podrían ser parte de otra organización ciudadana o constituir una nueva por los siguientes 5 años a la fecha del fallo por injuria y calumnia”. 

 Por tanto, Colombia queda a la espera de la conciliación entre ambos textos para determinar cuál pasaría a sanción presidencial

 

Sobre estos hechos, esta casa editorial considera: 

1.   El artículo puede ser inconstitucional porque limita la libertad de expresión, al ir en contra de lo consagrado en el artículo 20 de la Constitución Política e incluso de sentencias de la Corte Constitucional que le ha dado un carácter prevalente a la libertad de expresión y de información.

 2.   La norma no resulta proporcional. Contrario a ello, hoy existen normas que ya protegen el buen nombre y contemplan remedios constitucionales como la rectificación, actualización, supresión de la información o la desindexación cuando se cumplen los presupuestos señalados por la Corte Constitucional

3.   De igual manera, el artículo es innecesario por cuanto ya existe la acción de responsabilidad civil extracontractual para resarcir los daños causados por afectación al buen nombre y los delitos de injuria y calumnia que son aplicables a todo el mundo sin excepciones ni prioridades (Arts. 221 al 228 del Código Penal).

4.   El texto del artículo es regresivo y para nada compatible con un estado social de derecho, al tiempo que propicia las condiciones ideales para la proliferación de la corrupción en los distintos escaños de la política nacional y la ausencia de voces disidentes. 

5.   Limita el ejercicio periodístico. El mencionado artículo pone en peligro la estabilidad de las organizaciones periodísticas, ya que se crea una inseguridad jurídica frente a lo que se puede o no denunciar sobre los empleados del Estado. 

 

Por esa razón, Contenidos Digitales K se une a la petición realizada por la Fundación para la Libertad de Prensa, la Asociación de Medios de Información y la Asociación Nacional de Medios de Comunicación, para que la comisión encargada de conciliar el texto definitivo elimine por completo este apartado. Asimismo, se extiende la invitación al presidente Iván Duque para objetar dicho proyecto por ser contrario a las bases constitucionales de la democracia colombiana. 

Más KienyKe
El presidente se pronunció sobre el trámite de su iniciativa y reveló que hará una controvertida solicitud.
En medio del escándalo de corrupción que empaña al ejecutivo en España, el presidente colombiano se pronunció.
Esta noticia fue revelada por el último informe publicado por la ONU
En el Senado de la República se aprobó la reforma pensional y que entraría en vigor en junio del 2025.